Resolución número 00903 de 2022, por la cual se establecen las disposiciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) - 3 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 903496663

Resolución número 00903 de 2022, por la cual se establecen las disposiciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín52023

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo del Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política, consagra que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, establece que los organismos y entidades del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

Que, en concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015, dispone que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno.

Que mediante el Decreto 648 de 2017, se modifica el Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, y se establece el Sistema Institucional de Control Interno, el cual se integra por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la entidad.

Que el artículo 2.2.23.1 Decreto 1083 de 2015, establece que el Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades; que el Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno (MECI), cuya estructura está acompañada de un esquema de asignación de responsabilidades y roles para la gestión del riesgo y el control, el cual se distribuye en diversos servidores de la entidad, no siendo esta una tarea exclusiva de las oficinas de control.

Que el Decreto Nacional 1499 de 2017 "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015" sustituyó los Títulos 22 y 23 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, determinando el objeto e instancias de dirección y coordinación del Sistema de Gestión, adoptando el nuevo Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), y estableciendo, la articulación del Sistema de Gestión con el Sistema de Control Interno.

Que con la Resolución 00635 del 29 de marzo de 2022, la Aerocivil estableció el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y se dictan las disposiciones internas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Aerocivil.

Que el Decreto 1294 de octubre 14 de 2021, modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).

Que el numeral 14 del artículo del Decreto 1294 de octubre 14 de 2021, señala que son funciones del Director General: "Organizar Grupos Internos de Trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la entidad".

Que con ocasión al Decreto 1294 de 2021, se requiere ajustar mediante el presente acto administrativo lo pertinente a la integración y funcionamiento del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno de la entidad.

Que se hace necesario actualizar y compilar toda la información en un solo acto administrativo, con el fin de facilitar la consulta, seguimiento y toma de decisiones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

Disposiciones generales

Artículo 1º Naturaleza del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Aeronáutica Civil, es un órgano asesor y de decisión en los asuntos del control interno de la Aerocivil. En su rol de responsable y facilitador, hace parte de las instancias de articulación para el funcionamiento armónico del Sistema de Control Interno.

Artículo 2º Implementación del Sistema de Control Interno.

Para el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno, se tendrán en cuenta los lineamientos e...

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