Resolución número 010817 de 2022, por medio de la cual se delega la competencia para la contratación de la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo del sistema de detección de materiales radiactivos y sus subsistemas incluyendo hardware y software, con inclusión de repuestos originales, ubicado en la Sociedad Portuaria de Cartagena, requerido por la Dirección Seccional de Aduanas de Cartagena para su funcionamiento - 23 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 915866958

Resolución número 010817 de 2022, por medio de la cual se delega la competencia para la contratación de la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo del sistema de detección de materiales radiactivos y sus subsistemas incluyendo hardware y software, con inclusión de repuestos originales, ubicado en la Sociedad Portuaria de Cartagena, requerido por la Dirección Seccional de Aduanas de Cartagena para su funcionamiento

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín52227

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las dispuestas por el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 80 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995 y el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.

Que el inciso primero del artículo del Decreto 1071 de 1999, dispone que la representación legal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales está a cargo del Director General quien podrá delegarla.

Que el inciso primero del artículo 209 de la Constitución Política establece que: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995 consagra: "Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñan cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes".

Que de conformidad con el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que para garantizar los principios de celeridad, eficacia y eficiencia en la adjudicación de contratos necesarios para el funcionamiento y cumplimiento de los objetivos institucionales de la DIAN, el Director General mediante la Resolución número 000089 del 3 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución número 000491 del 4 de mayo de 2022 y la...

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