Resolución número 01450 de 2020, por medio de la cual se levanta la suspensión de términos en los procesos de cobro coactivo que cursan en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) - 8 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847267298

Resolución número 01450 de 2020, por medio de la cual se levanta la suspensión de términos en los procesos de cobro coactivo que cursan en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51400

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 9º del Decreto 260 de 2004, modificado parcialmente por el Decreto 823 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º del Decreto 260 de 2004, modificado parcialmente por el artículo 4º del Decreto 823 de 2017, puso en cabeza del Director General de la Entidad, entre otras funciones, la de "Dirigir la marcha organizacional de la institución, conformar las áreas de gestión, grupos de trabajo y asignar el personal teniendo en cuenta la estructura y las necesidades de servicio".

Que conforme a la Ley 1437 de 2011, las actuaciones administrativas se desarrollan con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 de 2020, "por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COV1D-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus", declaratoria que actualmente aplica en todo el territorio nacional en tanto que con Resolución 844 de 20201, se resolvió "prórroga de la emergencia sanitaria. Prorróguese la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020. Dicha prórroga podrá finalizar antes de la fecha aquí señalada cuando desaparezcan las causas que le dieron origen o, si estas persisten o se incrementan, el término podrá prorrogarse nuevamente.".

Que mediante Decreto 878 del 2020 se resolvió prorrogar la vigencia del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 "por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COV1D-19, y el mantenimiento del orden público", modificado por el Decreto 847 del 14 de junio de 2020, hasta el 15 de julio de 2020, y en tal medida extender las medidas allí establecidas hasta las doce de la noche (12:00 p. m.) del día 15 de julio de 2020 ".

Que mediante artículo 6º del Decreto 491 de 2020, se estableció que "Hasta...

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