Resolución número 01657 de 2017, por la cual se modifican y adicionan unos numerales al RAC 2 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, sobre Personal Aeronáutico - 15 de Junio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 683343513

Resolución número 01657 de 2017, por la cual se modifican y adicionan unos numerales al RAC 2 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, sobre Personal Aeronáutico

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín50265

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Ae-rocivil), en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 1782, 1801 y 1873 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en el numeral 4 del artículo 9º Decreto 260 de 2004, en el artículo 1º y los numerales 4 y 6 del artículo 2º del Decreto 823 del 16 mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), como autoridad aeronáutica de la República de Colombia, en cumplimiento del mandato contenido en el mencionado artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y debidamente facultada por el artículo 1782 del Código de Comercio, el artículo 68 de la Ley 336 de 1996 y el artículo 2º del Decreto 823 de 2017, ha expedido los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) con fundamento en los referidos Anexos Técnicos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, de Chicago de 1944.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1801 del Código de Comercio, corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), en su calidad de autoridad aeronáutica, determinar las funciones que deben ser cumplidas por el personal aeronáutico, las condiciones y requisitos necesarios para su ejercicio, y la expedición de las licencias respectivas.

Que igualmente, es función de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) armonizar los Reglamentos Aeronáuticos Colombianos (RAC) con las disposiciones que al efecto promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), garantizando el cumplimiento del Convenio sobre Aviación Civil Internacional junto con sus Anexos, tal y como lo dispone en el artículo 5º del Decreto 260 de 2004, modificado por el artículo 2º del Decreto 823 de 2017.

Que mediante Resolución número 2450 del 19 de diciembre de 1974, modificada íntegramente mediante Resolución 02616 del 7 de julio de 1999; la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), en uso de sus facultades legales, adoptó en su momento e incorporó a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia la Parte Segunda de dichos Reglamentos denominada "Personal Aeronáutico" (hoy RAC 2) la cual ha sido objeto de varias modificaciones posteriores, desarrollando para Colombia los estándares técnicos contenidos en el Anexo 1 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Que, con el fin de actualizar y mantener el mayor grado de uniformidad posible entre los estándares contenidos en el Anexo 1 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y las normas contenidas al respecto en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, es necesario modificar el RAC 2.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modifíquense los siguientes numerales al Reglamento Aeronáutico de Colombia - RAC 2, los cuales se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR