Resolución número 017 de 2024, por medio de la cual se crea, define y establece el funcionamiento del Comité de Contratación de la Contaduría General de la Nación - 8 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1017305235

Resolución número 017 de 2024, por medio de la cual se crea, define y establece el funcionamiento del Comité de Contratación de la Contaduría General de la Nación

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín52663

El Contador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le Confiaren el literal g) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996 y el numeral 8 del artículo del Decreto número 1693 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que las autoridades administrativas coordinen sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno para sus procesos de contratación.

Que el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 prevé que en los procesos de contratación intervendrán el jefe, las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución, pueden transferir mediante acto de delegación, la atención y decisión de los asuntos a ellas confiados, a los empleados públicos del nivel directivo, vinculados al organismo correspondiente.

Que mediante la Resolución número 412 del 29 de diciembre de 2010, se adoptó el Manual de Contratación y Supervisión de la U.A.E. Contaduría General de la Nación en el cual, en su numeral 4 del capítulo II, se estableció la conformación y funciones del Comité de Contratación.

Que, por medio de la Resolución número 421 del 30 de diciembre de 2010, se realizó la delegación en un servidor público del nivel Asesor, la participación del Contador General de la Nación en el Comité de Contratación.

Que la U.A.E. Contaduría General de la Nación adoptó mediante Resolución número 166 del 29 de abril del 2013, el Manual de Contratación y Supervisión de la Entidad, posteriormente este fue derogado por la Resolución número 761 de 2013 y a la vez, este fue modificado por la Resolución número 246 de 2016.

Que mediante Resolución número 111 del 4 de abril de 2017 se actualizó el Manual de Contratación y Supervisión de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación y se derogaron expresamente las resoluciones 761 de 2013 y 246 de 2016.

Que mediante Resolución número 290 del 28 de agosto de 2019 se actualizó el Manual de Contratación y Supervisión de la U.A.E. Contaduría General de la Nación y se derogó la Resolución número 111 del 04 de abril de 2017.

Que en la aludida actualización del Manual de Contratación y Supervisión de la U.A.E. Contaduría General de la Nación se consagraba un Comité Asesor de Contratación.

Que mediante la Resolución número 197 del 4 de diciembre de 2020 se actualizó el Manual de Contratación y Supervisión de la U.A.E. Contaduría General de la Nación y se derogó la Resolución número 290 del 28 de agosto de 2019.

Que en igual sentido la precitada resolución derogó todas las versiones anteriores al Manual de Contratación y Supervisión de la Entidad y las disposiciones que le fuesen contrarias.

Que teniendo en cuenta los plazos perentorios y preclusivos de los procesos contractuales y en atención de los principios de eficiencia y eficacia que rigen la administración pública, es necesario actualizar la conformación del Comité de Contratación de la CGN, sus funciones y otras disposiciones para su normal desarrollo, con el fin de que conozca de los asuntos contractuales de relevancia estratégica para la Contaduría General de la Nación, a la luz de los postulados que rigen la contratación pública.

Que la finalidad del Comité de Contratación es orientar la política contractual al interior de la CGN de conformidad con las leyes y principios que rigen la actividad contractual, participar, asesorar y recomendar al ordenador del gasto en asuntos propios de la actividad contractual para el cumplimiento de los objetivos misionales, funciones, programas y proyectos.

Que, en mérito...

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