Resolución número 0192 de 2021, por la cual se adopta y reglamenta el trámite de cancelación de gravámenes y limitaciones al derecho de dominio vigentes a favor de los extintos Instituto de Crédito Territorial (ICT), Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe) o Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) conforme a las normas y reglamentos vigentes - 18 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 868495414

Resolución número 0192 de 2021, por la cual se adopta y reglamenta el trámite de cancelación de gravámenes y limitaciones al derecho de dominio vigentes a favor de los extintos Instituto de Crédito Territorial (ICT), Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe) o Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) conforme a las normas y reglamentos vigentes

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín51678

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos , 58, 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 1º del Decreto 3571 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política en su artículo 209 dispone que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley";

Que el artículo 39 del Decreto Ley 019 de 2012 establece que "Las entidades públicas y los particulares que ejercen una función administrativa expresamente autorizadas por la ley para establecer un trámite, deberán previamente someterlo a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública adjuntando la manifestación del impacto regulatorio, con la cual se acreditará su justificación, eficacia, eficiencia y los costos de implementación para los obligados a cumplirlo; así mismo deberá acreditar la existencia de recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación. En caso de encontrarlo razonable y adecuado con la política de simplificación, racionalización y estandarización de trámites, el Departamento Administrativo de la Función Pública autorizará su adopción e implementación";

Que la Resolución 1099 de 2017 proferida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, establece el procedimiento para la autorización de trámites y el seguimiento a la política de racionalización de trámites, estipulando que es deber de las entidades públicas identificar o actualizar sus trámites e inscribirlos en el Sistema Único de Información de Trámites (SUIT);

Que el Decreto Ley 200 de 1939 creó el Instituto de Crédito Territorial (ICT), como un establecimiento público encargado de la construcción y financiación de programas de vivienda popular en todo el país. Posteriormente a través de Ley 3a de 1991, el Instituto de Crédito Territorial (ICT) cambió su denominación por Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe);

Que mediante la Ley 281 de 1996 se redefinieron las funciones del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe), y se autorizó al Gobierno la organización de una Unidad Administrativa Especial (UAE) de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial (ICT) con el objeto de adelantar las funciones a cargo del Inurbe. La mencionada Unidad fue creada mediante el Decreto 1565 de 1996 y posteriormente disuelta y liquidada a través del Decreto 1121 de 2002;

Que el Gobierno nacional mediante el Decreto 554 de 2003 ordenó la liquidación y supresión del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe) y en su artículo 11 del Decreto 554 de 2003 señaló que concluido el plazo para la liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe), en Liquidación, los bienes, derechos y obligaciones pasarán a la Nación -Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el marco de lo dispuesto en la Ley 1444 de 2011 y el Decreto 3571 de 2011;

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante la Resolución número 0052 de 29 de enero de 2013, conformó y organizó en la Dirección del Sistema Habitacional del Viceministerio de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el grupo interno de trabajo "Grupo de Titulación y Saneamiento Predial" y determinó entre otras de sus funciones: "3. Apoyar a la Dirección del Sistema Habitacional en la elaboración y/o revisión de actos administrativos relacionados con programas y proyectos de titulación y/o saneamiento predial";

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR