Resolución número 020008 de 2016, por medio de la cual se establece el Plan de Contingencia de la Roya Blanca del Crisantemo (Puccina horiana Henn) en Colombia - 19 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631731229

Resolución número 020008 de 2016, por medio de la cual se establece el Plan de Contingencia de la Roya Blanca del Crisantemo (Puccina horiana Henn) en Colombia

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín49820

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 4º del Decreto número 3761 de 2009 y el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es el responsable de adoptar, de acuerdo con la ley, las medidas sanitarias y fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal;

Que es función del ICA velar por la sanidad agropecuaria del país con el fin de prevenir la introducción y propagación de plagas o enfermedades de los vegetales y sus productos;

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, el control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos;

Que una de las plagas de mayor importancia cuarentenaria en la producción de pompón y crisantemo, corresponde a la denominada Roya Blanca del Crisantemo (Puccinia horiana Henn), la cual constituye una grave limitante para las exportaciones de material de propagación y flor cortada de Pompón y Crisantemo;

Que es necesario tomar medidas de contingencia para prevenir y erradicar cualquier brote de Roya Blanca del Crisantemo en cultivos dedicados a la exportación;

Que el ICA mediante la Resolución número 578 de 1997 adoptó el Plan de Monitoreo y de Contingencia para la Roya Blanca del Crisantemo en Colombia;

Que en razón a lo anterior y teniendo en cuenta los cambios que se han presentado en los sistemas de producción de crisantemo para exportación en Colombia, se hace necesario actualizar las disposiciones establecidas en el Plan de contingencia de Roya Blanca del Crisantemo;

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Establecer el Plan de Contingencia de la Roya Blanca del Crisantemo (Puccina horiana Henn) en Colombia.

Artículo 2º Campo de aplicación.

Las disposiciones establecidas en la presente resolución serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que produzcan y/o exporten pompón y crisantemo, tanto de material de propagación como flor de corte para exportación.

Artículo 3º Definiciones.

Para efectos de la presente resolución se establecen las siguientes definiciones:

3.1 ÁREA BAJO CUARENTENA. Un área donde existe una plaga cuarentenaria y que está bajo un control oficial [FAO, 1990; revisado FAO, 1995]. Para este caso se define como el(los) invernadero(s) (el o los bloques) en donde se ha confirmado la presencia de la enfermedad.

3.2 ÁREA CONTROLADA. Un área reglamentada que la ONPF ha determinado como el área mínima necesaria para prevenir la dispersión de una plaga desde un área cuarente-naria [CEMF, 1996]. Por tanto, el lugar de producción que ha sido identificado como área de riesgo estará sujeto a la implementación del plan de contingencia.

3.3 BROTE. Población de una plaga detectada recientemente, incluida una incursión o aumento súbito importante de una población de una plaga establecida en un área [FAO, 1995; revisado CIMF, 2003].

3.4 BRIGADA ROYA BLANCA. Grupo de personas capacitadas especialmente en detección y manejo de la enfermedad.

3.5 CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA. Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la expedición de un Certificado Fitosanitario [FAO, 1990].

3.6 CERTIFICADO FITOSANITARIO. Documento oficial en papel o su equivalente electrónico oficial consistente con los modelos de certificados de la CIPF, el cual avala que un envío cumple con los requisitos fitosanitarios de importación [FAO, 1990; revisado

CMF, 2012].

3.7 COMITÉ COORDINADOR. Grupo designado para la implementación, ejecución y seguimiento de las acciones de prevención y manejo de la enfermedad en cultivos y empresas exportadoras y productores de material vegetal para propagación. El grupo debe estar integrado por los directivos del cultivo, el asistente técnico y los jefes de área, quienes deben contar con suplentes que les reemplacen en caso de ausencia.

3.8 CONTINGENCIA. Acciones de tipo preventivo, predictivo y reactivo.

3.9 CONTENCIÓN. Aplicación de medidas fitosanitarias dentro de un área infestada y alrededor de ella, para prevenir la dispersión [FAO, 1995].

3.10 CONTROL (DE UNA PLAGA). Supresión o contención de una población de plagas [FAO, 1995].

3.11 CUARENTENA. Confinamiento oficial de artículos reglamentados para observación e investigación, o para inspección, prueba y/o tratamiento adicional [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CEMF, 1999].

3.12 CUARENTENA VEGETAL. Toda actividad destinada a prevenir la introducción y/o dispersión de plagas cuarentenarias o para asegurar su control oficial [FAO, 1990; revisado FAO, 1995].

3.13 ERRADICACIÓN. Aplicación de medidas fitosanitarias para eliminar una plaga de un área [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; anteriormente erradicar].

3.14 INVERNADERO. Estructura que se destina a la producción de cultivos, dotada de una cubierta exterior traslúcida. En el país funciona como una estructura de protección contra agentes atmosféricos como lluvia, granizo, etc. o fenómenos meteorológicos como heladas. Además de su uso para protección, es una instalación que debe propiciar un mi-croclima para el desarrollo de un cultivo. Se utiliza para asegurar la producción constante, aumentar el rendimiento y mejorar la calidad del producto cultivado. Puede haber invernaderos con estructuras y diseños simples hasta sofisticados, con instalaciones y equipos para el control de variables climáticas. Los invernaderos tienen subdivisiones que se conocen como naves y bloques.

3.15 INSPECCIÓN. Examen visual oficial de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados para determinar si hay plagas y/o determinar el cumplimiento con las reglamentaciones fitosanitarias [FAO, 1990; revisado FAO, 1995].

3.16 LUGAR DE PRODUCCIÓN. Cualquier local o agrupación de campos operados como una sola unidad de producción agrícola. Esto puede incluir sitios de producción que se manejan de forma separada con fines fitosanitarios [FAO, 1990, revisado CEMF, 1999].

3.17 MEDIDA DE EMERGENCIA. Medida fitosanitaria establecida en caso de urgencia ante una situación fitosanitaria nueva o imprevista. Una medida de emergencia puede ser o no una medida provisional [CIMF, 2001; revisado CIMF, 2005].

3.18 MEDIDA FITOSANITARIA. Cualquier legislación, reglamento o procedimiento oficial que tenga el propósito de prevenir la introducción y/o dispersión de plagas cuarentenarias o de limitar las repercusiones económicas de las plagas no cuarentenarias reglamentadas [FAO, 1995; revisado CIPF, 1997; CIMF, 2002; aclaración, 2005].

3.19 MONITOREO. Proceso oficial continuo para comprobar situaciones fitosanitarias [CEMF, 1996; anteriormente verificación], que se ejecuta en todas las etapas del sistema productivo.

3.20 MONITOREO EXCLUSIVO DE ROYA BLANCA. Consiste en revisar minuciosamente todas las plantas sembradas en el invernadero para determinar la presencia o ausencia de la enfermedad. La revisión se hace observando todo el follaje, abriendo las plantas hilera por hilera incluyendo todas las plantas sembradas en cada cama.

3.21 MONITOREO FITOSANITARIO INTEGRADO. Inspección periódica de la plantación de pompón y crisantemo en las distintas etapas del sistema productivo con la finalidad de detectar todos los problemas fitosanitarios presentes.

3.22 PLAGA CUARENTENARIA. Plaga de importancia económica potencial para el área en peligro aun cuando la plaga no esté presente o, si está presente, no está ampliamente distribuida y se encuentra bajo control oficial [FAO 1990; revisado FAO, 1995; CIPF, 1997; aclaración, 2005; aclaración CMF, 2012].

3.23 SIMULACIÓN. Ejercicio de manejo de información para la toma de decisiones, la capacitación de monitores y la evaluación de personal; basado en un supuesto evento de presencia de Roya Blanca del Crisantemo ocurrido en un lugar y un tiempo específico.

3.24 VIGILANCIA. Un proceso oficial mediante el cual se...

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