Resolución número 0287 de 2023, por la cual se definen los criterios de priorización para los potenciales beneficiarios del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social 'Mi Casa Ya' conforme el Decreto 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio - 14 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 930137940

Resolución número 0287 de 2023, por la cual se definen los criterios de priorización para los potenciales beneficiarios del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social 'Mi Casa Ya' conforme el Decreto 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín52365

La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el numeral 3º del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el numeral 1º del artículo del Decreto 3571 de 2011, modificado por el artículo 1º del Decreto 1604 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia, reconoce el derecho a una vivienda digna, para lo cual determina que el Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de los programas de vivienda.

Que el artículo 6º de la Ley 3 de 1991, modificado por el artículo 28 de la Ley 1469 de 2011, define el subsidio familiar de vivienda como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitar el acceso a una solución de vivienda de interés social o prioritario.

Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto 428 del 11 de marzo de 2015, implementó el programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social, denominado "Mi Casa Ya", estableciendo, entre otros, las condiciones que deben cumplir los hogares para ser beneficiarios del programa, así como las condiciones de las viviendas a adquirir en desarrollo del mismo.

Que el Decreto 428 de 2015 se encuentra actualmente incorporado en la Subsección 1 de la Sección 1 del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, por medio del cual se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que, desde su creación en el año 2015, "Mi Casa Ya" ha sido reconocido como un programa que facilita el acceso a la vivienda de interés social, desde un enfoque de adquisición.

Que, si bien este programa ha mostrado resultados eficientes, estudios muestran que solo el 3% de los beneficiarios actuales cuentan con ingresos inferiores a un salario mínimo y cerca del 26% de los subsidios se han asignado para la compra de vivienda de interés prioritario. Así mismo, el 52% de los subsidios asignados se concentra en diez (10) municipios y 793 municipios no han recibido subsidios a lo largo de la historia del programa.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio debe propender que los recursos destinados por el Gobierno nacional para la promoción de acceso a la...

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