Resolución número 03319 de 2017, por la cual el Director General (e) deroga las Resoluciones números 01236 del ocho (8) de mayo de dos mil diecisiete (2017) 'por la cual se concede ordenación del gasto al Director Administrativo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil' y 02223 del primero (1º) de agosto de dos mil diecisiete (2017), 'por la cual se aclara la Resolución número 1236 de mayo 8 de 2017 mediante la cual se concedió una ordenación del gasto al Director Administrativo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil' - 30 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696089765

Resolución número 03319 de 2017, por la cual el Director General (e) deroga las Resoluciones números 01236 del ocho (8) de mayo de dos mil diecisiete (2017) 'por la cual se concede ordenación del gasto al Director Administrativo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil' y 02223 del primero (1º) de agosto de dos mil diecisiete (2017), 'por la cual se aclara la Resolución número 1236 de mayo 8 de 2017 mediante la cual se concedió una ordenación del gasto al Director Administrativo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil'

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín50402

El Director General encargado de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en uso de sus facultades legales otorgadas por los artículos 209 de la Constitución Política, artículo 9º de la Ley 489 de 1998 y en especial de las competencias atribuidas por el artículo 6º del Decreto número 260 de 2004, y modificado por el Decreto número 823 de 2017,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispone el artículo 2º del Decreto número 260 de enero 28 de 2004, modificado por el artículo 1º del Decreto número 823 del 16 de mayo de 2017, a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) le corresponde con carácter exclusivo, prestar los servicios a la navegación aérea y operar las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectúe con seguridad. Así mismo, tiene bajo su responsabilidad la operación, explotación y provisión de servicios aeroportuarios de los aeródromos a su cargo.

Que en virtud de lo establecido por el numeral 4 del artículo del Decreto número 260 de enero 28 de 2004, las sumas, valores o bienes que la Entidad reciba por la enajenación o arrendamiento de cualquiera de los bienes de su propiedad o de los que administre en nombre de la nación, constituyen ingresos y patrimonio de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

Que el parágrafo 1º del artículo 31 del Decreto número 260 de 2004, modificado por el artículo 19 del Decreto número 823 de 2017, dispuso que las Direcciones Regionales Aeronáuticas, las Gerencias y las Administraciones Aeroportuarias constituyen una estructura desconcentrada del nivel regional, dependiente de la Dirección General.

Que el artículo 13 de la Ley 80 de 1993, estableció que los contratos que celebren las entidades a que se refiere el artículo 2º de la citada norma, se regirán por las disposiciones civiles y comerciales pertinentes, salvo en las materias particulares reguladas en esta ley, de tal manera que no encontrándose dentro de esta regulación del contrato de arrendamiento, se le deben aplicar las normas de los Códigos Civil y de Comercio.

Que la Resolución número 01236 del ocho (8) de mayo de dos mil diecisiete...

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