Resolución número 03645 de 2018, por la cual se adopta el Manual de Políticas Contables (MPC) para tener en cuenta en la preparación y presentación de información financiera de propósito general para la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil - 17 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 751765185

Resolución número 03645 de 2018, por la cual se adopta el Manual de Políticas Contables (MPC) para tener en cuenta en la preparación y presentación de información financiera de propósito general para la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín50810

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el Decreto 260 del 28 de enero de 2004, modificado por el Decreto 823 del 16 de mayo de 2017 y demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Marco legal de la contabilidad del sector público en Colombia que está sustentado en el Artículo 354 de la Constitución Política, el cual se desarrolla a través de la Ley 298 de 1996, con la cual se crea la CGN como una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se establecen las funciones generales y específicas para esta entidad, señalándole la facultad para expedir normas contables a ser aplicadas por todas las entidades que conforman el sector público colombiano.

La Ley 1314 de 2009, señala la necesidad de que el país avance hacia la convergencia de las mejores prácticas contables internacionales con la adopción o armonización de los estándares internacionales de contabilidad, y define a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo como los reguladores contables para el sector privado, y al Consejo Técnico de la Contaduría Pública como el ente normalizador contable, encargado de recomendar al regulador las normas que deben adoptarse en el país.

Para el sector público, la Contaduría General de la Nación es el organismo encargado de expedir las normas contables, quien estableció la existencia de tres (3) marcos normativos contables para las diferentes entidades que integran este sector:

El primer marco normativo definido corresponde al de las empresas estatales que cotizan en el mercado de valores o que captan y administran ahorro del público, mediante la Resolución 743 de 2013 y sus modificaciones, quienes deben aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Es decir, estas empresas del Estado aplican la misma normatividad que las Empresas del sector privado clasificadas en el Grupo número 1.

Un segundo marco normativo fue establecido para las empresas estatales que no cotizan en el mercado de valores y que no captan ni administran ahorro del público, mediante la Resolución 414 de 2014 y sus modificaciones, a quienes les corresponde aplicar un conjunto de normas definidas por la CGN con referencia a las NIIF y a las NICSP.

El tercer marco normativo es el definido para las entidades gubernamentales, denominadas de gobierno, es decir, que no se clasifican desde el punto de vista económico como "Empresas", sino que desarrollan fundamentalmente funciones administrativas o de gobierno. Para estas entidades, se expidió la Resolución 533 de 2015 que define el marco regulatorio contable con referencia a las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP), sin que se configure una adopción plena, sino un proceso de adaptación.

La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) por ser una entidad de Gobierno aplica el Marco Normativo emitido mediante Resolución 533 de 2015 y sus anexos.

Relación de Normatividad Expedida por la Contaduría General de la Nación en Aplicación de los Nuevos Marcos Regulatorios para el Sector Público

· Carta circular número 010 de 2012: Dirigida a representantes legales, jefes de áreas financieras, contadores y jefes de control interno de entidades públicas de los sectores central y descentralizado de los niveles nacional y territorial, relativa a la modernización del Régimen de Contabilidad Pública a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP).

· Resolución número 588 de 2013: Por la cual se modifica el artículo 5º de la Resolución número 051 de 2013. "Derogada mediante la Resolución 743 de 2013".

· Resolución número 743 de 2013: Por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable para algunas empresas sujetas a su ámbito y se dictan otras disposiciones.

· Resolución número 598 de 2014: Por la cual se modifica la Resolución 743 de 2013 y se dictan otras disposiciones.

· Carta circular número 002 de 2015: Dirigida a los representantes legales, jefes de áreas financieras, contadores y jefes de control interno de los sectores central y descentralizado de los niveles nacional y territorial, por medio de la cual se invita a realizar comentarios al Catálogo General de Cuentas para las entidades sujetas al ámbito de la Resolución número 743 del 17/12/2013 (modificada por la Resolución número 598 del 10/12/2014).

· Resolución número 509 de 2015: Por la cual se modifica la Resolución 743 de 2013 (modificada por la Resolución 598 de 2014).

· Resolución número 533 de 2015: Por la cual se incorpora, en el...

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