Resolución número 0367 de 2016, por la cual se designa Promotor en el Acuerdo de Reestructuración de Pasivos del municipio de Valledupar - Cesar - 17 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 594116970

Resolución número 0367 de 2016, por la cual se designa Promotor en el Acuerdo de Reestructuración de Pasivos del municipio de Valledupar - Cesar

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49789

La Directora General de Apoyo Fiscal, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los Decretos 4712 de 2008 y 694 de 2000 y la Resolución número 395 de 2000,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos y 58 de la Ley 550 de 1999 y, por el artículo 125 de la Ley 116 de 2006, que prorroga la vigencia de aquella, corresponde de manera exclusiva al Ministerio de Hacienda y Crédito Púbico la promoción de los acuerdos de reestructuración de pasivos que en desarrollo de la Ley 550 de 1999 adelanten las entidades territoriales.

Que la Resolución 395 de 28 de febrero de 2000 asignó las funciones previstas para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Dirección General de Apoyo Fiscal.

Que mediante la Resolución 1342 del 30 de abril de 2013 se resolvió la promoción del acuerdo de reestructuración de pasivos del municipio de Valledupar - Cesar.

Que en los procesos judiciales de que trata el artículo 26 de la Ley 550 de 1999, iniciados ante la Superintendencia de Sociedades en contra de las actuaciones de los promotores de los acuerdos de restructuración de pasivos es necesaria la intervención de un apoderado judicial con la calidad de abogado titulado.

Que el otorgamiento de poderes para la representación judicial del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se rige por lo dispuesto en la Resolución 3133 del 19 de octubre de 2010,

RESUELVE:

Artículo 1º Designar a José Fernando Bedoya Hasbun, identificado con cédula de ciudadanía número 80196594 de Bogotá, como promotor del acuerdo de reestructuración de pasivos del municipio de Valledupar (Cesar), quien ejercerá las funciones previstas en la Ley 550 de 1999 en relación con estos procesos.

Parágrafo. El poder para actuar en calidad de apoderado dentro de los procesos judiciales de que trata el artículo 26 de la Ley 550 de 1999 que se inicien con motivo del ejercicio de la designación de que trata el presente artículo será otorgado por el Ministerio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR