Resolución número 058 de 2016, por la cual se modifica un plazo de la Resolución CREG 038 de 2014 y se establecen otras disposiciones - 12 de Mayo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 638347845

Resolución número 058 de 2016, por la cual se modifica un plazo de la Resolución CREG 038 de 2014 y se establecen otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49871

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013,

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 11 de la Ley 143 de 1994 establece que el Reglamento de operaciones es el "conjunto de principios, criterios y procedimientos establecidos para realizar el planeamiento, la coordinación y la ejecución de la operación del sistema interconectado nacional y para regular el funcionamiento del mercado mayorista de energía eléctrica. El reglamento de operación comprende varios documentos que se organizarán conforme a los temas propios del funcionamiento del sistema interconectado nacional".

En concordancia con lo anterior, el literal i) del artículo 23 de la Ley 143 de 1994 consagra, que le corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas con relación al

servicio de electricidad establecer el Reglamento de Operación para realizar el planeamiento y la coordinación de la operación del Sistema Interconectado Nacional.

Mediante la Resolución 025 de 1995 la CREG adoptó en el Anexo General el Código de Redes como parte del Reglamento de Operación del SIN, el cual incluyó el Código de Medida.

En dicho Código se definieron las características técnicas que debían cumplir los equipos de medición, telecomunicaciones y de respaldo, y los requisitos de instalación, pruebas, calibración, certificación, operación y mantenimiento de los mismos.

Mediante la Resolución CREG 038 de 2014 se modificó el Código de Medida con el objetivo de garantizar que las mediciones empleadas con propósitos operativos, comerciales, regulatorios y de vigilancia y control, sean exactas y confiables y se desarrollen de acuerdo con las capacidades tecnológicas actuales.

El artículo 10 de la Resolución CREG 038 de 2014 exige una de prueba de rutina a los transformadores de medida de las fronteras comerciales existentes a la entrada en vigencia de la resolución, en caso de que no cuenten con la documentación que soportará la certificación de conformidad de estos elementos del sistema de medición.

La Comisión recibió la solicitud del Consejo Nacional de Operación (CNO), del Comité Asesor de Comercialización y de diferentes agentes y usuarios para que se analizara la ampliación del plazo...

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