Resolución número 0611 de 2021, por la cual se convoca y se establece el calendario del proceso de consulta y designación del Decano de la Facultad de Educación Física de la Universidad Pedagógica Nacional periodo 2021-2024 - 13 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 874798341

Resolución número 0611 de 2021, por la cual se convoca y se establece el calendario del proceso de consulta y designación del Decano de la Facultad de Educación Física de la Universidad Pedagógica Nacional periodo 2021-2024

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Pedagógica Nacional
Número de Boletín51765

El Rector de la Universidad Pedagógica Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el literal b) del artículo 25 del Acuerdo 035 de 2005 del Consejo Superior y el artículo 41 del Acuerdo 035 de 2005 modificado por el Acuerdo 026 de 2016 del Consejo Superior, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia establece: "Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede: 1. Elegir y ser elegido. (...)"

Que el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia estableció el principio de autonomía universitaria así: "Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley (...)" principio desarrollado en la Ley 30 de 1992 "Por la cual se organiza el servicio público de educación superior" , especialmente en los artículos 28, 29 y 57.

En virtud de estos mandatos constitucionales y legales, la Universidad Pedagógica Nacional, determinó en el Estatuto General expedido mediante Acuerdo 035 de 2005, artículos 40, 41 y 42 modificados por el Acuerdo 026 de 2016 del Consejo Superior, los requisitos para ser Decano, así como los lineamientos para efectuar la consulta con carácter vinculante de la cual el Rector designará a los correspondientes Decanos.

Que el artículo 42 del Acuerdo 035 de 2005 del Consejo Superior, Estatuto General, modificado por el Acuerdo 026 de 2016 del Consejo Superior, establece: "El Decano será nombrado para un periodo de tres (3) años y podrá ser designado para un segundo periodo siempre y cuando resulte ganador en la consulta".

Que el periodo de la Decana de la Facultad de Educación Física finaliza el 10 de octubre de 2021.

Que por lo anterior, es necesario convocar y establecer el calendario para el proceso de consulta y designación del Decano de la Facultad de Educación Física de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2021-2024.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto y ámbito de aplicación.

La presente resolución aplicará al proceso de consulta y designación del Decano de la Facultad de Educación Física de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2021-2024.

Artículo 2º Convocatoria.

Se convoca al proceso de consulta y designación del Decano de la Facultad de Educación Física de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2021-2024, de conformidad con los artículos 40, 41 y 42 del Acuerdo 035 de 2005 del Consejo Superior, Estatuto General, modificados por el Acuerdo 026 de 2016 del Consejo Superior.

Artículo 3º Divulgación.

La convocatoria se publicará en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional. Adicionalmente, se realizará amplia difusión del proceso a través de la página web institucional, en el sitio La Universidad - Elecciones y Designaciones - Consulta y designación del Decano de la Facultad de Educación Física; y los demás medios de comunicación institucional que se dispongan.

Artículo 4º Requisitos para ser Decano.

De conformidad con lo establecido el artículo 40 del Acuerdo 035 de 2005 del Consejo Superior, Estatuto General, modificado por el artículo 3 del Acuerdo 026 de 2016 del Consejo Superior, para ser Decano se requiere:

  1. Ser ciudadano colombiano en ejercicio.

  2. Tener título profesional y de maestría.

  3. Acreditar experiencia docente o académica, investigativa o profesional en el campo de la educación, por cinco (5) años como mínimo.

  4. Acreditar producción académica.

Artículo 5º Comisión Veedora.

Se conformará una Comisión Veedora que cumplirá las siguientes funciones:

  1. Verificar el cumplimiento de la normatividad y el procedimiento establecido en la presente Resolución.

  2. Desempeñar el ejercicio de veeduría de manera imparcial y objetiva.

  3. Acompañar las etapas de apertura, cierre y resultados de la consulta establecidas en la presente resolución.

  4. Comunicar a la Secretaría General sus observaciones sobre el cumplimiento del procedimiento de consulta y designación, e informar presuntas irregularidades que se pudieran presentar, con el objeto de garantizar trasparencia, eficiencia y diligencia del proceso de consulta y designación.

  5. Solicitar a la Secretaría General la información que considere adecuada para el ejercicio de veeduría, de acuerdo con la normatividad del proceso.

  6. Responder las peticiones que pudieran presentarse en el marco del proceso de consulta y designación convocado mediante la presente resolución, contando con el apoyo de las dependencias pertinentes de la Universidad, en caso de considerarse necesario.

Parágrafo 1º. La Comisión Veedora estará conformada por: a) Un coordinador de programa de la Facultad de Educación Física que no haga parte del Consejo de Facultad), b) El representante de profesores ante el Consejo Superior o su suplente y c) El representante de estudiantes ante el Consejo Académico o su suplente.

Parágrafo 2º. El Consejo de la Facultad de Educación Física elegirá un coordinador de programa para que integre la Comisión Veedora. El Decano dentro del tiempo establecido en el calendario para la conformación de la Comisión Veedora remitirá a la cuenta de correo electrónico: gobierno_universitario@pedagogica.edu.co el nombre y la cuenta de correo electrónico del coordinador elegido para integrar la Comisión.

Artículo 6º Designación Decano ad hoc.

En caso que la actual decana manifieste su interés de inscribirse como aspirante en el presente proceso, el Consejo de Facultad enviará dentro de las fechas del calendario de la presente resolución, un mensaje de correo electrónico, con el nombre y número de documento de identidad del decano ad hoc propuesto, quien debe cumplir los requisitos para ser decano de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Acuerdo 035 de 2005 del Consejo Superior, Estatuto General, modificado por el artículo 3º del Acuerdo 026 de 2016 del Consejo Superior, al correo electrónico: gobierno_universitario@pedagogica.edu.co para que sea designado por el Rector, de no hacerlo en el periodo establecido en el calendario, la actual decana no podrá inscribirse.

Parágrafo. El decano ad hoc se encargará de la gestión administrativa y de los procesos que se adelantan en el marco de la presente resolución, hasta la designación y posesión del nuevo Decano.

Artículo 7º Procedimiento de inscripción de aspirantes.

La inscripción de aspirantes a decano de la Facultad de Educación Física, se hará en las fechas señaladas en el calendario establecido en la presente resolución.

Los aspirantes deberán enviar desde su cuenta de correo personal o institucional un mensaje a la cuenta de correo electrónico de la Facultad de Educación Física: fac.

edufisica@pedagogica.edu.co con copia a la cuenta de correo electrónico de la Secretaría General: gobierno_universitario@pedagogica.edu.co en el cual manifiesten su voluntad de participar como aspirantes a decano de la Facultad de Educación Física, y adjuntando la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del documento de identidad ampliada al 150%.

  2. Foto en formato jpg o png, tamaño 3X4 (peso máximo 1 mega), a color.

  3. Resumen de la hoja de vida en una (1) página tamaño carta, en formato pdf. (el tipo de...

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