Resolución número 0707 de 2023, por medio de la cual se acepta la renuncia de un (1) hogar víctima del desplazamiento forzado al cupo aprobado mediante la Resolución número 0695 de 2011, a los planes de vivienda Urbanización Palmeras de Abibe vinculados al proceso de Promoción de Oferta y Demanda de Vivienda para Población Desplazada - 21 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 951129526

Resolución número 0707 de 2023, por medio de la cual se acepta la renuncia de un (1) hogar víctima del desplazamiento forzado al cupo aprobado mediante la Resolución número 0695 de 2011, a los planes de vivienda Urbanización Palmeras de Abibe vinculados al proceso de Promoción de Oferta y Demanda de Vivienda para Población Desplazada

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín52555

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 3º del artículo del Decreto número 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en la Ley 1437 de 2011, la Ley 1537 de 2012, el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6. del Decreto número 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que en el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, se consagra como función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) el "Dictar los Actos Administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que el artículo 2.1.1.1.2.2.1 del Decreto número 1077 del 26 de mayo de 2015 permite la destinación de hasta el treinta por ciento (30%) de los recursos del presupuesto nacional destinados a la política de vivienda para la población en situación de desplazamiento, en Promoción de Demanda y Oferta de Vivienda para la generación de proyectos destinados a suplir las necesidades habitacionales de la población víctima del desplazamiento forzado.

Que en desarrollo del artículo octavo del Decreto número 4911 de 2009, hoy derogado por el Decreto número 1077 de 2015, se expidió la Resolución número 1024 del 31 de mayo de 2011, derogada por la Resolución número 0691 del 8 de octubre de 2012, por medio de la cual se establecieron las condiciones y procedimientos para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda.

Que mediante las resoluciones números 432 del 10 de junio de 2011 y 531 del 26 de julio de 2011, el Fondo Nacional de Vivienda- Fonvivienda fijó las fechas de apertura y cierre para la presentación de planes de adquisición y construcción de vivienda de interés social prioritario para población desplazada, con el fin de asignar recursos destinados a la promoción de oferta y demanda.

Que mediante las resoluciones números 0564 del 1º de agosto de 2011, 0608 del 19 de agosto de 2011 y 0696 del 9 de septiembre de 2011, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) determinó los cupos para los planes de adquisición y construcción de vivienda de interés social prioritario, en el concurso de recursos para la promoción de oferta y demanda de vivienda destinados a la población en situación de desplazamiento, y mediante la Circular 09 del 9 de agosto de 2011 de Fonvivienda, se establecieron tres

(3) etapas de inscripción de hogares a los planes de vivienda determinados en el artículo primero de las mencionadas resoluciones.

Que en la Resolución número 608 de 2011, se incluyeron entre otros los siguientes proyectos de vivienda:

Que de acuerdo a la Resolución número 1024 de 2011 vigente para la época, derogada por la Resolución número 0691 del 8 de octubre de 2012 y la Circular número 09 del 9 de agosto de 2011, el procedimiento de...

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