Resolución número 085 de 2021, Consulta pública de la resolución de carácter general 'Por la cual se permite modificar la fecha de puesta en operación de algunos proyectos que se conectan al SIN
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas |
Número de Boletín | 51747 |
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013,
CONSIDERANDO QUE:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y el artículo 32 de la Resolución número CREG 039 de 2017, la Comisión debe publicar en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1107 del 21 de julio de 2021, aprobó someter a consulta pública el proyecto de resolución "Por la cual se permite modificar la fecha de puesta en operación de algunos proyectos que se conectan al SIN".
En el Documento CREG 070 de 2021 se exponen los análisis y justificación de la resolución que se somete al proceso de consulta pública.
RESUELVE:
Hágase público el proyecto de resolución "Por la cual se permite modificar la fecha de puesta en operación de algunos proyectos que se conectan al SIN".
Se invita a los agentes regulados, usuarios, autoridades competentes y demás interesados, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del proyecto en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Los interesados podrán dirigir sus comentarios al Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, al correo electrónico creg@creg.gov.co, identificando el mensaje con el siguiente asunto: "Comentarios de la Resolución CREG 085 de 2021".
Al vencimiento de la consulta pública, la CREG determinará si el proyecto debe ser informado a la Superintendencia de Industria y Comercio, para el ejercicio de la Abogacía de la Competencia, con fundamento en las disposiciones del Decreto 1074 de 2015,
La presente...
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