Resolución número 0951 de 2015, por la cual se convoca a la designación del decano de las Facultades de Ciencia y Tecnología, Humanidades, Educación y Bellas Artes para el periodo 2015-2019 - 24 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 583415982

Resolución número 0951 de 2015, por la cual se convoca a la designación del decano de las Facultades de Ciencia y Tecnología, Humanidades, Educación y Bellas Artes para el periodo 2015-2019

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Pedagógica Nacional
Número de Boletín49645

El Rector de la Universidad Pedagógica Nacional, en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 69, garantiza la autonomía universitaria, principio según el cual "Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley".

Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley 30 de 1992, la autonomía universitaria reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos y a "designar sus autoridades académicas y administrativas".

Que el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional, contenido en el Acuerdo 035 del 2005, establece en el literal ll) del artículo 25 que corresponde al Rector convocar a elecciones de decanos.

Que el artículo 41 del mencionado Acuerdo, establece que el decano será designado por el Rector de una terna presentada por el respectivo Consejo de Facultad, integrada por los candidatos que hayan obtenido la mayoría numérica de votos en elecciones nominales, en las que participan los profesores de planta de la Facultad.

Que según lo establecido en el artículo 42 del Acuerdo 035 de 2005, los decanos serán nombrados para un periodo de cuatro (4) años y podrán ser designados siempre y cuando su nombre sea incluido en la terna de candidatos.

Que en aras de garantizar la participación de la comunidad académica en las decisiones que les afectan, se realizará una consulta para que expresen su respaldo por uno de los aspirantes a la decanatura de su Facultad.

Que dentro de los procesos de designación de Decanos en la Universidad Pedagógica Nacional se encuentra que, mediante Resolución 0979 de 5 de agosto de 2014 se convocó para la designación del Decano de la Facultad de Ciencia y Tecnología, Decano de la Facultad de Humanidades, Decano de la Facultad de Educación y Decano de la Facultad de Bellas Artes.

Que mediante Resolución 1188 de 24 septiembre de 2014 se declaró desierta la convocatoria para el proceso de designación de decanos para las Facultades de Ciencia y Tecnología, Educación y Humanidades; entre tanto, no se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 41 del Estatuto General.

Que mediante Resolución 1217 de 3 de octubre de 2014 se declaró desierta la convocatoria para el proceso de designación de decano para la Facultad de Bellas Artes; entre tanto, no se dio cumplimiento con lo establecido en el artículo 41 del Estatuto General.

Que por lo anterior, es necesario convocar a la designación de los decanos de las facultades de Ciencia y Tecnología, Humanidades, Educación y Bellas Artes.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Convocar a la designación de los decanos de la Facultad de Ciencia y Tecnología, Facultad de Humanidades, Facultad de Educación y Facultad de Bellas Artes.
Artículo 2º Publicidad.

Se realizará difusión sobre el proceso de designación a través de la página web de la Universidad; en el enlace Elecciones y Designaciones - Designación Decanos de las Facultades de Ciencia y Tecnología, Humanidades, Educación y Bellas Artes Periodo 2015-2019.

Adicionalmente, la convocatoria se comunicará a través del Diario Oficial.

Artículo 3º Comisión Veedora.

Se establecerá una Comisión Veedora la cual estará conformada por:

  1. Un coordinador de programa de cada Facultad;

  2. El representante de profesores ante el Consejo Académico;

  3. El representante de estudiantes ante el Consejo Académico.

Parágrafo 1º. El Consejo de cada una de las facultades elegirá un Coordinador de Programa para que integre la Comisión Veedora, el decano remitirá a la cuenta de correo gobierno_universitario@pedagogica.edu.co el nombre del respectivo Veedor, en la fecha que estipule el calendario.

Parágrafo 2º. La Comisión Veedora hará seguimiento, acompañará las etapas del proceso y comunicará a la Secretaría General las presuntas irregularidades dentro del marco de la transparencia, eficiencia y diligencia del proceso de convocatoria y designación.

Artículo 4º Designación decano adhoc.

En caso de que el decano actual manifieste su interés de inscribirse como aspirante, el Consejo de Facultad enviará un correo electrónico, dentro de los tiempos estipulados en el calendario, con el nombre del decano ad hoc al correo gobierno_universitario@pedagogica.edu.co para que sea designado por el Rector.

El Decano ad hoc se encargará de la gestión administrativa y de los procesos que se adelantan en el marco de la presente Resolución.

Artículo 5º Requisitos.

Según el artículo 40 del Acuerdo 035 de 2005 Estatuto General, para ser decano se requiere:

  1. Ser ciudadano colombiano en ejercicio;

  2. Acreditar experiencia académica de cinco (5) años como mínimo;

  3. Acreditar experiencia administrativa.

Parágrafo 1º. Se entiende por experiencia académica la realizada a nivel universitario en docencia e investigación. Por experiencia administrativa, la profesional realizada en cargos de dirección, coordinación, extensión, asistencia, asesoría o en el ejercicio de funciones académico-administrativas.

Parágrafo 2º. Los requisitos serán verificados por cada Consejo de Facultad.

Artículo 6º Tratamiento de datos personales.

La información recopilada, bajo el proceso convocado mediante la presente Resolución, será sometida a reserva y será de uso exclusivo de la Universidad Pedagógica Nacional, en aplicación de lo previsto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, "por la cual se dictan disposiciones para la protección de datos personales".

Artículo 7º Inscripción de aspirantes.

La inscripción de aspirantes para ser elegidos decanos ante la respectiva facultad se hará durante las fechas estipuladas en el calendario, contemplado en el artículo 26 de la presente Resolución. Es así como los aspirantes deberán enviar un mensaje de correo electrónico a la cuenta de correo de la facultad a la cual aspira ser decano, con copia al correo de la Secretaría General (gobierno_universitario@ pedagogica.edu.co)

Los correos de las facultades son los siguientes:

Facultad de Ciencia y Tecnología: fct@pedagogica.edu.co

Facultad de Humanidades: fhu@pedagogica.edu.co

Facultad de Educación: fed@pedagogica.edu.co

Facultad de Bellas Artes: fba@pedagogica.edu.co

El mensaje deberá enviarse desde la cuenta de correo electrónico del aspirante.

Para la inscripción y envío de...

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