Resolución número 1-0885 de 2025, por la cual se imparten lineamientos generales para la implementación y operatividad del Programa de Formación Especializada para la Economía Popular (FEP) y se dictan otras disposiciones - vLex Colombia

Resolución número 1-0885 de 2025, por la cual se imparten lineamientos generales para la implementación y operatividad del Programa de Formación Especializada para la Economía Popular (FEP) y se dictan otras disposiciones

Fecha de disposición21 Marzo 2025
Fecha de publicación29 Marzo 2025
EmisorServicio Nacional de Aprendizaje
Número de Gaceta53073

El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 78 de la Ley 489 de 1998, 4 del Decreto número 249 de 2004 y 16 del Acuerdo 1-0009 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en el artículo 54 consagra: "Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. (...)", y que: a su vez, en el artículo 334 (modificado por el artículo 1º del Acto Legislativo 3 de 2011), establece que "El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar, de manera progresiva, que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo al conjunto de los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y competitividad y el desarrollo armónico de las regiones".

Que el artículo 2º de la Ley 119 de 1994, señala que el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), "(...) está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país".

Que en el artículo 3º de la Ley 119 de 1994, se asignan al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), los siguientes objetivos: i) "Dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país, bajo el concepto de equidad social redistributiva"; ii) "Fortalecer los procesos de formación profesional integral que contribuyan al desarrollo comunitario a nivel urbano y rural, para su vinculación o promoción en actividades productivas de interés social y económico"; iii) "Apropiar métodos, medios y estrategias dirigidos a la maximización de la cobertura y la calidad de la formación profesional integral"; iv) "Participar en actividades de investigación y desarrollo tecnológico, ocupacional y social, que contribuyan a la actualización y mejoramiento de la formación profesional integral"; y v) "Actualizar, en forma permanente, los procesos y la infraestructura pedagógica, tecnológica y administrativa para responder con eficiencia y calidad a los cambios y exigencias de la demanda de formación profesional integral".

Que el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 dispone que "el director (...) será el representante legal de la correspondiente entidad, celebrará en su nombre los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones (...)" y que "a más de las que señalen las leyes y reglamentos correspondientes, los representantes legales de los establecimientos públicos cumplirán todas aquellas funciones que se relacionen con la organización y funcionamiento, con el ejercicio de la autonomía administrativa y la representación legal, que no se hallen expresamente atribuidas a otra unidad. / En particular les compete: a. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la organización y su personal. (.)"

Que el numeral 2 del artículo 13 del Decreto número 249 de 2004, señala como función del Director General del Sena, la de "Ejecutar, supervisar y evaluar los planes y programas aprobados por el Consejo Directivo Nacional".

Que los numerales 1, 4, 23, 24 y 25 del artículo 4º del Decreto número 249 de 2004, disponen como función de la Dirección General las de: "1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal". (...) "4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, (.) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes." (...) "23. Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones. 24. Promover las alianzas y convenios con el sector público y privado que permitan el incremento de la cobertura, calidad y la pertinencia de la formación profesional, en el marco definido por la priorización de la demanda, por el Subsistema de Acreditación y por el Subsistema de Pertinencia del Sistema Nacional de Formación Para el Trabajo", y "25. Las demás que le señalen la ley, que refiriéndose al funcionamiento general de la institución, no estén atribuidas a otra autoridad, las que le delegue el Consejo Directivo Nacional y las demás que se le asignen".

Que el numeral 12 del artículo 12 del Decreto número 249 de 2004, señala que, es una función de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del SENA, la de "Planear, dirigir, coordinar y evaluar, de conformidad con las políticas adoptadas, el Programa de Formación Continua a nivel nacional".

Que el documento denominado "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida", el cual hace parte integral de la Ley 2294 de 2023, contempla el eje de Transformación 2: Seguridad humana y justicia social; Pilar C: Expansión de capacidades: más y mejores oportunidades de la población para lograr sus proyectos de vida; Catalizador 7, precisando lo siguiente: "Reconocimiento e impulso a la Economía Popular y Comunitaria (EP)"; y que ahí establece que: "La economía popular se refiere a los oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o microempresas), en cualquier sector económico. Los actores de la EP pueden realizar sus actividades de manera individual, en unidades económicas, u organizados de manera asociativa".

Que el referido apartado del documento "Bases del Plan Nacional de Desarrollo", contempla mecanismos que contribuyan al crecimiento y productividad tales como: "a. Política pública para la economía popular (EP)"; "b. Sostenibilidad y crecimiento de las unidades económicas y formas asociatividad de la EP"; "c. Fomento y fortalecimiento a la comercialización, los circuitos cortos y mercados locales de la EP"; "d. Apoyos para la formación, financiamiento y sostenibilidad de las unidades económicas de la EP"; "e. Economía popular en el campo colombiano"; "f. Consolidar la productividad y sostenibilidad del sector artesanal"; y "g. Asociatividad solidaria para la paz".

Que, en este contexto, es menester destacar la importancia de contribuir al crecimiento económico de los sectores que hacen parte de la economía popular y que permita fortalecer la capacidad asociativa, organizativa, técnica, productiva y de comercialización; implementando acciones que busquen alcanzar una igualdad material de la población del sector que hace parte, con el objetivo de disminuir la desigualdad social, cultural, económica o de cualquier otra índole, que históricamente lo han afectado.

Que en este sentido, se busca mejorar las condiciones de vida de los actores que ejercen oficios y ocupaciones mercantiles y no mercantiles desarrolladas a través de unidades

económicas de baja escala en cualquier sector económico, lo cual impacta positivamente en el desarrollo de la productividad y competitividad nacional, en tanto, este modelo de economía, por su carácter independiente requiere formación especializada para continuar siendo fuente de innovación y de nuevas ideas de negocios, impulsando la producción, transformación y consumo de bienes y servicios, lo cual a su vez mejora los indicadores de: productividad, económicos y de inclusión social en el país.

Que teniendo en cuenta todo lo expuesto, y con el fin de cumplir eficientemente con los fines estatales referidos, el SENA expidió el Acuerdo 1-0009 del 29 de diciembre de 2023, por el cual se crea la estrategia Economía Popular -Full Popular- en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), se crea el Programa de Formación Especializada para la Economía Popular y se dictan otras disposiciones, cuyo objetivo general de la estrategia economía popular - full popular, se orienta a: "Generar y articular mecanismos de atención diferencial, integral e incluyente, para el sector de economía popular, de acuerdo con sus particularidades sociales, culturales, económicas y territoriales, que faciliten el acceso a los programas de formación y demás servicios institucionales de la entidad. Lo anterior, con la finalidad de promover el bienestar, apoyar la productividad y el incremento de los ingresos de las personas, organizaciones y unidades económicas, fortalecer su organización y participación social y promover el reconocimiento social de sus actividades. // Para lograr este objetivo, se implementaran e integrarán diversas acciones, incluyendo: (...) c. Formación especializada para la economía popular".

Que para alcanzar el objetivo propuesto, en el artículo 6º...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex