Resolución número 100-001882 de 2022, por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021 - 10 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897058164

Resolución número 100-001882 de 2022, por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín51944

El Superintendente de Sociedades, en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en la Constitución Política en los artículos 209 y 211, la Ley 80 de 1993, la Ley 489 de 1998, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1736 de 2020 en sus numerales 34, 38, 40, 41 y 42 del artículo 8º, modificado por el artículo 5º del Decreto 1380 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020 dispuso que, a partir del 1 º de enero de 2022, las funciones en materia de supervisión de cámaras de comercio y las previstas en los artículos 27, 37 y 94 del Código de Comercio, asignadas a la Superintendencia de Industria y Comercio, serían asumidas por la Superintendencia de Sociedades, y se ordenó al Gobierno nacional reglamentar la materia.

Que, con ocasión a lo anterior, el 28 de octubre de 2021 el Gobierno nacional expidió el Decreto 1380 de 2021 por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1736 de 2020 que modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades y se dictan otras disposiciones.

Que mediante el Decreto 1380 de 2021 se creó la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos adscrita a la Delegatura de Supervisión Societaria, se asignaron y se modificaron funciones de diferentes áreas de la Entidad relacionadas con las atribuciones a que hace referencia el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020 y, conforme a ello, se establecieron los grupos internos de trabajo de la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos.

Que así mismo, en virtud de lo dispuesto por el Decreto 1380 de 2021, en materia de supervisión de cámaras de comercio, resultó necesario ajustar las funciones de la Delegatura de Supervisión Societaria, su Dirección de Supervisión de Procedimientos Especiales, las de la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios, su Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables, y las del Director de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, en la Resolución de grupos de trabajo.

Que en razón a que el Decreto 1380 de 2021 incluyó algunas modificaciones relacionadas con las facultades que en materia de Soborno Transnacional, tiene asignada la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios y su Dirección de Cumplimiento, resultaron también necesarios algunos ajustes en la Resolución de grupos de trabajo, en cuanto a las facultades asignadas a dichas dependencias.

Que así mismo, el Decreto 1380 de 2021 incorporó modificaciones relacionadas con las facultades de la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales y su Dirección de Investigaciones Administrativas por Captación y de Supervisión de Asuntos Financieros Especiales, por lo que también se requirió ajustarlas en la Resolución de grupos de trabajo.

Que en razón a la Ley 2052 de 2020, el Decreto 1380 de 2021 modificó las responsabilidades de la Secretaría General, haciéndose necesario ajustar sus facultades y las de algunas de sus dependencias adscritas.

Que, en virtud de lo anterior, resulta necesario hacer modificaciones a las delegaciones de capacidad de firma contenidas en la Resolución 100-000041 de 8 de enero de 2021, con el fin de incorporar los cambios anteriormente anotados y propender por la eficacia y eficiencia de la función pública, y racionalizar y simplificar los actos de delegación, para asegurar el cumplimiento de los principios de eficiencia y celeridad que se predican de la actuación administrativa y de la función jurisdiccional asignada, razón por la cual el Superintendente de Sociedades

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 1º de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así:

"Artículo 1º. Despacho del Superintendente de Sociedades. Es de competencia exclusiva del Superintendente de Sociedades, la facultad de suscribir los siguientes actos:

1.1 Actos relacionados con funciones misionales

1.1.1 Los pronunciamientos especiales y respuestas a consultas que impliquen cambio de doctrina de la Entidad, en materia jurídica y contable en asuntos de su competencia.

1.1.2 Los informes y diagnósticos sobre la situación económica, financiera o societaria de los sectores de interés para el Gobierno nacional.

1.1.3 Los que atiendan los requerimientos de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes.

1.1.4 Las circulares externas y resoluciones.

1.1.5 Los requerimientos generales de información financiera realizados a través de circulares externas y oficios de comunicación particular.

1.1.6 Los que expidan normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información conforme a la propuesta remitida por el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios.

1.1.7 Las resoluciones por medio de las cuales se resuelve el recurso de apelación y la solicitud de revocatoria directa contra los actos suscritos por el Superintendente Delegado de Supervisión Societaria, el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios y el Superintendente Delegado de Intervención y Asuntos Financieros Especiales.

1.1.8 Los relacionados con las observaciones y recomendaciones que haga la Superintendencia de Sociedades en relación con los principios y normas de contabilidad que rijan en el país, dirigidos al Ministerio de Comercio Industria y Turismo, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

1.1.9 Los actos administrativos que tengan como finalidad efectuar reconocimiento a empresas o empresarios destacados.

1.1.10 Los actos de designación de funcionarios encargados del ejercicio de funciones de policía judicial, cuando exista un requerimiento para el efecto por parte de la Fiscalía General de la Nación.

1.1.11 Los actos mediante los cuales se den instrucciones sobre priorización de casos asuntos particulares adelantados por las Delegaturas.

1.1.12 Los actos mediante los cuales se establezcan los lineamientos para la aplicación de las sanciones alternativas o en general sobre el ejercicio de la facultad administrativa sancionatoria.

1.1.13 Los que designen a los miembros de junta directiva de las cámaras de comercio cuando prospere la revocatoria de su elección y se cumplan los supuestos establecidos en el artículo 10 de la Ley 1727 de 2014 o la norma que lo modifique o sustituya.

1.1.14 Los que conceptúen o verifiquen el cumplimiento de los requisitos para la creación de una nueva cámara de comercio.

1.2 Actos relacionados con funciones administrativas

1.2.1 Los relacionados con convenios interinstitucionales de intercambio de información.

1.2.2 El Plan Anual y Cuatrienal de Gestión de la Superintendencia de Sociedades.

1.2.3 Los informes de gestión de la entidad con destino al Presidente de la República y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

1.2.4 La distribución del presupuesto de gastos de funcionamiento y del PAC de la Entidad y sus modificaciones.

1.2.5 Los relacionados con la elaboración del anteproyecto de presupuesto de ingresos y de gastos y de inversión de la Entidad.

1.2.6 Los relacionados con la firma de convenios para investigación.

1.2.7 Los relacionados con las ubicaciones iniciales y reubicaciones de los servidores públicos de la Entidad.

Parágrafo. En todo caso, las facultades otorgadas para la firma de los actos administrativos y jurídicos asignadas a las Delegaturas, Direcciones, Oficinas y cualquier otra dependencia, que no se encuentren expresamente asignadas, podrán ser ejercidas en cualquier tiempo por el Superintendente de Sociedades, de conformidad con el parágrafo 2º del artículo del Decreto 1736 de 2020 modificado por el artículo 5º del artículo 5º del Decreto 1380 de 2021".

Artículo 2º Modificar el artículo 10 de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así:

" Artículo 10. Despacho del Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios. Al Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios se le asigna la facultad de suscribir los siguientes actos: 10.1 Los actos, oficios, comunicaciones, resoluciones y, en general, cualquier tipo de documento relacionado con las funciones y competencias administrativas asignadas a esa Delegatura y sus direcciones o grupos por las Leyes, decretos y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR