Resolución número 111 de 2023, por la cual se declara la Urgencia Manifiesta para la atención de la emergencia vial registrada entre los PR75+0300 y el PR75+0600 de la vía 2503 Mojarras - Popayán, Departamento del Cauca - 20 de Enero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 920989111

Resolución número 111 de 2023, por la cual se declara la Urgencia Manifiesta para la atención de la emergencia vial registrada entre los PR75+0300 y el PR75+0600 de la vía 2503 Mojarras - Popayán, Departamento del Cauca

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín52283

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas en el artículo 7º numeral 7.5 del Decreto 1292 de 2021 y el artículo 42 de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO QUE:

La Constitución Política señala en su artículo 1º que Colombia es un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en prevalencia del interés general.

El artículo 2º superior establece como fines esenciales del Estado, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, con el objetivo de asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo, por lo cual las autoridades se encuentran creadas para proteger a las personas en su vida, honra bienes y demás derechos y libertades.

En el marco del artículo 3º de la Ley 80 de 1993, los servidores públicos deben tener en consideración para la celebración y ejecución de los contratos estatales, el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.

La función administrativa se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, como lo señala la Constitución Nacional en su artículo 209.

En el marco de la función administrativa y en cumplimiento de los fines del Estado, mediante el artículo 1º del Decreto 1292 de 2021, se estableció como objeto del Instituto Nacional de Vías (Invías), la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial, marítima y sus infraestructuras conexas o relacionadas, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.

De acuerdo con los numerales 7.5, 7.15 y 7.19 del artículo 7º del decreto antes citado, el Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías) es competente para declarar de conformidad con las normas vigentes, las emergencias que se presenten en la infraestructura de transporte a cargo de la entidad, y para dirigir y ejercer la actividad contractual y la de ordenación del gasto de la entidad y la expedición de los actos administrativos que se requieran en desarrollo de la actividad técnica y administrativa del Instituto.

Que mediante la Resolución 01676 del 20 de marzo de 2015 por medio de la cual se adoptó el Manual de Contratación del Instituto Nacional de Vías (Invías), que en su numeral 20, establece que la urgencia manifiesta debe ser declarada por el Director General mediante resolución motivada previo informe presentado por el Director Territorial correspondiente y el concepto de la Subdirección de Gestión del Riesgo, quien, además elaborará el acto administrativo, para revisión y visto bueno de la Oficina Asesora Jurídica, hoy Dirección Jurídica.

Antecedentes situación de desastre por la temporada de lluvias asociada al fenómeno de La Niña.

De acuerdo con la información emitida por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), a través del Boletín de Predicción Climática 320 de septiembre de 2021 y el Boletín de Predicción Climática 324 de febrero de 2022, el fenómeno de La Niña inició el 1º agosto de 2021.

Se prevé que las condiciones de La Niña continúan durante diciembre 2022 - febrero 2023 con un 75% de probabilidad, y disminuirán a un 54% durante febrero - abril 2023, de acuerdo con el Boletín 171 del 14 de octubre de 2022 el Ideam.

Que en el marco de los eventos históricos de La Niña y con base en los estudios realizados por el Ideam, según informa la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - (UNGRD), se evidencian efectos asociados a excesos de precipitación, particularmente en amplios sectores de las regiones Andina, Caribe y Pacífica, así como en zonas de los piedemontes, lo que sugiere una mayor propensión a eventos tales como inundaciones, deslizamientos de tierra, avenidas torrenciales, crecientes súbitos, vendavales y tormentas eléctricas;

De acuerdo con el Boletín de Condiciones Hidrometeorológicas 904 de octubre 28 de 2022 emitida por el Ideam, se registran niveles de amenaza moderada y alta a muy alta por probabilidad de inundaciones y crecientes súbitas en 22 departamentos del país, así como por probabilidad alta por deslizamientos de tierra en 519 municipios del país ubicados en 24 departamentos.

Que de acuerdo con el documento "Consolidado de Emergencia Fenómeno de La Niña, 1º de agosto de 2021 a 28 octubre de 2022" de la UNGRD, en dicho período se reportaron 3.569 eventos de emergencia, en 864 municipios de 32 departamentos, con afectaciones a 645.930 personas, 196.109 familias, 45 desaparecidos, 266 personas fallecidas y se ha reportado 5.207 viviendas destruidas, 106.574 viviendas afectadas; y según informa la UNGRD el "Consolidado de Emergencia Fenómeno de La Niña", el documento mencionado reporta que 21 departamentos (65.6%) y 390 municipios (34.8%) han recurrido a la Declaratoria de Situación de Calamidad Pública, conforme a lo establecido en el artículo 57 de la Ley 1523 de 2012;

En concordancia con lo anterior, el Municipio de Rosas, Cauca, mediante Decreto 043 del 25 de octubre de 2022, declaró la Calamidad Pública en todo el territorio del Municipio, por el término de seis (6) meses, prorrogables por el mismo tiempo, debido a las consecuencias que ha dejado el fenómeno natural del invierno que ha afectado en forma inclemente al Municipio de Rosas incluyendo sus vías y demás infraestructura vial.

Por otra parte, las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres han reportado, según la UNGRD, afectaciones en: 227 puentes vehiculares, 110 puentes peatonales, 295 acueductos, 20 centros de salud, 228 sedes educativas, 45 centros comunitarios y 21.826 hectáreas de cultivos agrícolas entre otros de carácter similar.

De acuerdo con el Sistema de Información del Instituto Nacional de Vías, en lo que va corrido de la vigencia 2022, se han presentado 1.130 emergencias en la red vial nacional en 27 departamentos relacionadas con caída de rocas, pérdida de banca, deslizamiento y pérdida parcial o total, socavación, hundimiento de calzada e inestabilidad del talud, así como afectaciones a 39 puentes de la red vial nacional en 13 departamentos relacionadas con socavación de estructuras, daños de cables, etc.

En virtud de lo anterior, el Gobierno nacional expidió el Decreto número 2113 del 01 de noviembre de 2022, por medio del cual se declaró la Situación de Desastre de Carácter Nacional en todo el territorio por el término de doce (12) meses con la finalidad de conjurar la Situación de Desastre por la temporada de lluvias asociada al fenómeno de La Niña y el derivado incremento de la crisis alimentaria e iniciar el proceso de recuperación temprana de los efectos causados y de las condiciones de vida digna de la población.

Asimismo, la Gobernación del Cauca, mediante el Decreto 0015-01-2023 del 12 de enero de 2023, declaró la situación de calamidad pública en el Departamento del Cauca, por un término de seis (6) meses, con el objeto de atender las emergencias presentadas a causa de los efectos de la segunda temporada de lluvias de 2022 en los diferentes municipios del departamento, el cual, en su parte considerativa menciona expresamente la afectación de la vía Panamericana que del municipio de Rosas conduce al departamento de Nariño entre el PR75+300 y el PR75+500 Sector 2503 Mojarras-Popayán, vereda Chontaduro.

Situación fáctica de la emergencia presentada entre los PR 75+300 al PR75+600 ruta 2503 en el Departamento del Cauca

En la madrugada del lunes 9 de enero de 2023 y debido a la fuerte acumulación de lluvias tanto de los primeros días de enero, como del año 2022, en el sector contemplado entre el PR75+300 a PR75+600 tramo Rosas - Párraga sobre la vía Panamericana, en la vereda Soledad, Chontaduro, Párraga viejo, Santa y Clara y Alto de las Yerbas en el inicio de la subcuenca de la quebrada Chontaduro, ocurrió un movimiento en masa tipo complejo, deslizamiento de gran magnitud, que involucró aproximadamente cerca de 50 hectáreas de terreno en la zona rural del municipio de Rosas, departamento del Cauca y una corona de deslizamiento estimada de alrededor de 2.5 km, particularmente en esta zona, en la cual a la fecha se han afectado 248 familias aproximadamente, habitantes de las veredas mencionadas, generando pérdida total de viviendas, cultivos e infraestructura educativa, igualmente se afectó la vía Panamericana que del Municipio de Rosas conduce al Departamento de Nariño entre los PR 75+300 y el PR 75+500, vía 2503 Mojarras-

Popayán, Vereda Chontaduro, generando la afectación de aproximadamente 300 metros de la banca principal del eje vial, dejando incomunicado el Departamento de Nariño hacia el norte del país. (Según datos del CDGRD del 12 de enero de 2023).

De acuerdo con el informe de geotecnia presentado por el ingeniero Lucio Cruz de fecha 09 de enero de 2023, el cual hace parte de este acto administrativo; el fenómeno de inestabilidad está asociado a un deslizamiento que afectó al cerro...

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