Resolución número 115652 de 2021, por la cual se modifica el numeral 5.3.2 del artículo 5º y el artículo 18 de la Resolución ICA 097977 del 27 de mayo de 2021, mediante la cual se establecen los requisitos para la certificación de establecimientos exportadores de bovinos y bufalinos en pie y los destinados a sacrificio para la exportación de carne y se dictan otras disposiciones - 24 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879667208

Resolución número 115652 de 2021, por la cual se modifica el numeral 5.3.2 del artículo 5º y el artículo 18 de la Resolución ICA 097977 del 27 de mayo de 2021, mediante la cual se establecen los requisitos para la certificación de establecimientos exportadores de bovinos y bufalinos en pie y los destinados a sacrificio para la exportación de carne y se dictan otras disposiciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín51898

La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el artículo 6º numeral 19 del Decreto 4765 de 2008, el artículo 4º del Decreto 3761 de 2009 y el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es la autoridad competente para proteger la sanidad animal en Colombia y coordinar las acciones relacionadas con programas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional, con el fin de prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar al sector agropecuario nacional;

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es el encargado de adoptar, de acuerdo con la ley, las medidas sanitarias y fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal;

Que conforme a lo establecido en el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015 del sector Agricultura y Desarrollo Rural, es función del ICA el manejo de la sanidad animal, de la sanidad vegetal y el control técnico de los insumos agropecuarios, material genético animal y semillas para siembra, lo que comprende todas las acciones y disposiciones que sean necesarias para la prevención, control, supervisión, erradicación, o manejo de enfermedades, plagas, malezas o cualquier otro organismo dañino que afecte las plantas, los animales y sus productos, actuando en permanente armonía con la protección y preservación de los recursos naturales;

Que se requiere asegurar la condición sanitaria, de bienestar y de inocuidad de los productos pecuarios que se exporten, de conformidad con los requisitos que se acuerden en los protocolos de comercio con los países importadores, aspecto por el cual el Instituto establece los requisitos sanitarios para el registro de los predios cuyo fin es la exportación de animales y carnes de origen bovino y bufalino;

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR