Resolución número 1283 de 2022, por la cual se autoriza suspender temporalmente la pignoración de unas rentas otorgadas por el departamento de Antioquia y los municipios de Medellín y Caldas, a favor de la Nación - 20 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 905959547

Resolución número 1283 de 2022, por la cual se autoriza suspender temporalmente la pignoración de unas rentas otorgadas por el departamento de Antioquia y los municipios de Medellín y Caldas, a favor de la Nación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52040

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 127 de la Ley 2159 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo contenido en el artículo 127 de la Ley 2159 de 2021, mediante comunicaciones con radicados números 1-2022-008269 del 4 de febrero de 2022 y alcance número 1-2022-014621 del 24 de febrero de 2022, el Departamento de Antioquia, solicitó la suspensión de la pignoración de la renta del impuesto al consumo de Cigarrillo y Tabaco del Departamento de Antioquia, con el fin de destinar estos recursos a cubrir el impacto financiero ocasionado por las medidas de aislamiento, en virtud de la emergencia sanitaria originada en la pandemia del COVID-19 en el sector salud del territorio antioqueño.

Que en virtud de lo contenido en el artículo 127 de la Ley 2159 de 2021, mediante comunicación con radicado número 1-2022-007360 del 2 de febrero de 2022 el municipio de Caldas solicitó la suspensión de la pignoración del 54,0541% de la sobretasa a la gasolina correspondiente al mencionado municipio, renta que fue pignorada de acuerdo con los términos previstos por las Leyes 86 de 1989, 310 de 1996 y 488 de 1998, con el fin de destinar estos recursos a cubrir el impacto financiero ocasionado por las medidas de aislamiento, en virtud de la emergencia sanitaria originada en la pandemia del COVID-19 en el sector transporte público prestado por el Metro de Medellín Ltda. en el Valle de Aburrá.

Que en virtud de lo contenido en el artículo 127 de la Ley 2159 de 2021, mediante comunicación con radicado número 1-2022-012421 del 17 de febrero de 2022 el municipio de Medellín solicitó la suspensión de la pignoración del 54,0541% de la sobretasa a la gasolina correspondiente al mencionado municipio, renta que fue pignorada de acuerdo con los términos previstos por las Leyes 86 de 1989, 310 de 1996 y 488 de 1998, con

el fin de utilizar estos recursos para atender las necesidades de inversión de los sectores afectados por las emergencias sanitarias originadas en la pandemia del COVID-19.

Que mediante memorando número 3-2022-005799 de fecha 9 de mayo de 2022, la Subdirectora de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera manifestó que: "(...) 3. Mediante el artículo 6º de la Ley 86 de 1989 se estableció que "Para atender las erogaciones causadas por la construcción del sistema de transporte masivo de pasajeros del Valle de Aburra, y prioritariamente el servicio de la deuda, se cobrará una sobretasa al consumo de la gasolina motor del 10% de su precio al público sobre las ventas de Ecopetrol en la planta de abastecimiento ubicada en el Valle de...

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