Resolución número 1323 de 2022, por la cual se modifica y adiciona la Resolución 1145 del 8 de noviembre de 2021 - 3 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909122954

Resolución número 1323 de 2022, por la cual se modifica y adiciona la Resolución 1145 del 8 de noviembre de 2021

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social
Número de Boletín52115

La Directora General (e) de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), en ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas en los numerales 9 y 11 del artículo

9º del Decreto 575 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 1145 del 8 de junio de 2021, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP)definió y adoptó la política de cobro y los parámetros para adelantar las labores persuasivas y de fiscalización a los beneficiarios de los Programas de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) y de Apoyo al Pago de la Prima de Servicios (PAP).

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) expidió la Resolución número 1610 del 24 de junio de 2022 "por medio de la cual se modifica la Resolución 2162 de 2020 del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), la Resolución 1361 de 2020 del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) la Resolución 2474 de 2021 del Programa Apoyo a las Empresas Afectadas por el Paro Nacional (AEAP), para ajustar los procedimientos de restitución de los tres Programas habiendo finalizado los giros ordinarios de los mismos" .

Que, a fin de atender la modificación del procedimiento de restitución de los recursos en los términos señalados en la Resolución número 1610 de 24 de junio de 2022 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), es necesario modificar la Resolución 1145 de 2021, con el fin de incorporar esta nueva regulación, precisando la forma como los beneficiarios de los mencionados programas restituirán los aportes estatales, cuando opten por hacerlo voluntaria y unilateralmente o en cumplimiento del proceso persuasivo o de fiscalización que adelante la UGPP y reglamentar la manera como la Unidad realizará la imputación de pagos, una vez reciba los recursos con ocasión de las citadas acciones.

Que es necesario precisar el momento a partir del cual, se genera para el beneficiario la obligación de pagar intereses o sanciones en aquellos eventos en los que resulta procedente la restitución de los recursos y el momento a partir del cual se debe contar el término de quince (15) meses señalados en el artículo cuarto de la Resolución 1145 de 2021.

Que con el fin de facilitar la restitución de los recursos a los que están obligados los aportantes beneficiarios de los aportes estatales, se hace necesario indicar el término para suscribir acuerdos de pago durante la etapa de fiscalización que adelante la UGPP.

Que en cumplimiento del numeral 9 del artículo y el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, así como del artículo 2.1.2.1.23. del Decreto 1081 de 2015 y la Resolución 609 de 2017, el proyecto de resolución se publicó en la página web de la UGPP para comentarios de la ciudadanía del 8 al 17 de julio de 2022.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modifíquese el artículo 4º de la Resolución 1145 de 2021, el...

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