Resolución número 1507 de 2016, por la cual se fija un procedimiento para la expedición de las certificaciones de que trata el artículo 1º del Decreto número 463 del 16 de marzo de 2016 - 31 de Agosto de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 648138265

Resolución número 1507 de 2016, por la cual se fija un procedimiento para la expedición de las certificaciones de que trata el artículo 1º del Decreto número 463 del 16 de marzo de 2016

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín49982

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las que le confieren los artículos y del Decreto número 2755 de 2003, el numeral 7 del artículo del Decreto número 2785 de 2006, y del Decreto número 463 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto número 463 del 16 de marzo de 2016, modificatorio del artículo 4º del Decreto número 2755 de 2003, a su vez modificado por el artículo 1º del Decreto número 920 de 2009, señala que las rentas provenientes de servicios hoteleros prestados por nuevos hoteles construidos entre el 1º de enero del año 2003 y el 31 de diciembre del año 2017, que sean obtenidas por el establecimiento hotelero o por el operador, según el caso, estarán exentas del impuesto sobre la renta por un término de treinta (30) años, contados a partir del año gravable en que inicie operaciones;

Que el parágrafo 2º del artículo del Decreto número 463 de 16 de marzo de 2016 dispone que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo certificará a través del área que se designe para tales efectos, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales el avance de que trata el considerando que se indica en el párrafo anterior;

Que de conformidad con el Decreto número 210 de 3 de febrero de 2003, modificado por el Decreto número 2785 de 17 de agosto de 2006, normas por las cuales se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Dirección de Análisis Sectorial y Promoción del Viceministerio de Turismo se encuentra facultada para expedir certificado con destino a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), del avance de construcción de la infraestructura hotelera, según los términos dispuestos en el inciso segundo del artículo del Decreto número 463 de 16 de marzo de 2016;

Que el procedimiento para solicitar la certificación referida en los párrafos precedentes, ante esta Cartera Ministerial, se sujetará a las reglas generales de la Ley 1755 de 2015, por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Documentación requerida para la certificación.

El representante legal del...

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