Resolución número 1526 de 2022, por medio de la cual se ordena el pago y traslado, a través de las entidades financieras, del aporte estatal del Programa Apoyo al Empleo Formal (PAEF) en desarrollo de lo proveído en el marco de la acción de tutela promovida por 'Iglesia Mi Casa Centro de Adoración y Restauración', dentro del proceso 080013110007-2022-00204-00 del Juzgado Séptimo de Familia de Oralidad de Barranquilla - 22 de Junio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907115416

Resolución número 1526 de 2022, por medio de la cual se ordena el pago y traslado, a través de las entidades financieras, del aporte estatal del Programa Apoyo al Empleo Formal (PAEF) en desarrollo de lo proveído en el marco de la acción de tutela promovida por 'Iglesia Mi Casa Centro de Adoración y Restauración', dentro del proceso 080013110007-2022-00204-00 del Juzgado Séptimo de Familia de Oralidad de Barranquilla

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52073

El Viceministro General ad hoc del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades, en especial las que le confiere el Decreto 639 de 2020 modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 de 2020, la Ley 2060 de 2020, y los artículos 21, 22, 23 y 25 de la Ley 2155 de 2021 y el artículo 2º de la Resolución 1430 del 23 de junio de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo del 2020 modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 del 19 de mayo y 4 de junio de 2020, respectivamente, se creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), como un programa social del Estado que otorga al beneficiario del mismo, un aporte monetario mensual de naturaleza estatal con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país.

Que de forma particular el Decreto Legislativo 677 de 2020 determinó que la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) es la entidad centralizadora de la información, así como de la fiscalización del Programa.

Que de conformidad con el inciso primero del artículo del Decreto Legislativo 639 de 2020 modificado por el artículo 5º de la Ley 2060 de 2020 "la cuantía del aporte estatal que recibirán los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente. Para los beneficiarios que correspondan a la actividad económica y de servicios de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, la cuantía de aporte estatal que recibirán corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente."

Que el parágrafo 5º del artículo del Decreto Legislativo 639 de 2020 adicionado por el artículo 6º de la Ley 2060 de 2020 determinó lo siguiente:

"Cuando dentro de los empleados sobre los cuales se recibirá el aporte estatal se encuentren una o varias mujeres, la cuantía del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) corresponderá al número de empleados hombres multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente, más el número de empleadas mujeres multiplicado por hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente.

En caso de que los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) correspondan a las actividades económicas y de servicios de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, la cuantía del PAEF se determinará conforme a lo dispuesto en el primer inciso del presente artículo, sin que sea acumulable con lo previsto en este parágrafo.

Dentro del mes siguiente a la entrada en vigencia de la ley que introdujo este parágrafo, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP deberá realizar los ajustes necesarios para la adecuada implementación de los cambios incluidos por la misma ley".

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la Resolución 1129 del 20 de mayo de 2020 -hoy en día subrogada-, y esta fue modificada por las Resoluciones 1191, 1200, 1242, 1331, 1683 y 2099 de 2020. A través de dicha Resolución 1129 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público definió la metodología de cálculo de la disminución en ingresos de los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), los plazos de postulación, los mecanismos de dispersión y dictó otras...

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