Resolución número 1982 de 2017, por medio de la cual se aceptan las renuncias de cinco (5) hogares víctimas del desplazamiento forzado al cupo aprobado mediante las Resoluciones número 0695 de 2011 y 0025 de 2013, a los planes de vivienda Urbanización Ciudadela Amable, Urbanización Palmeras de Abibe y Urbanización La Gloria Etapa I vinculados al proceso de Promoción de Oferta y Demanda de Vivienda para Población Desplazada - 9 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 698964609

Resolución número 1982 de 2017, por medio de la cual se aceptan las renuncias de cinco (5) hogares víctimas del desplazamiento forzado al cupo aprobado mediante las Resoluciones número 0695 de 2011 y 0025 de 2013, a los planes de vivienda Urbanización Ciudadela Amable, Urbanización Palmeras de Abibe y Urbanización La Gloria Etapa I vinculados al proceso de Promoción de Oferta y Demanda de Vivienda para Población Desplazada

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín50442

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 1, 2 y 9 del artículo 3º y el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley número 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el Decreto número 1077 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.1.1.1.2.2.1 del Decreto número 1077 del 26 de mayo de 2015 permite la destinación de hasta el treinta por ciento (30%) de los recursos del presupuesto nacional destinados a la política de vivienda para la población en situación de desplazamiento, en Promoción de Demanda y Oferta de Vivienda para la generación de proyectos destinados a suplir las necesidades habitacionales de la población víctima del desplazamiento forzado.

Que en desarrollo del artículo octavo del Decreto 4911 de 2009, hoy derogado por el Decreto número 1077 de 2015, se expidió la Resolución número 1024 del 31 de mayo de 2011, derogada por la Resolución número 0691 del 08 de Octubre de 2012, por medio de la cual se establecieron las condiciones y procedimientos para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda.

Que mediante las Resoluciones 432 del 10 de Junio de 2011 y 531 del 26 de Julio de 2011, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) fijó las fechas de apertura y cierre para la presentación de planes de adquisición y construcción de vivienda de interés social prioritario para población desplazada, con el fin de asignar recursos destinados a la promoción de oferta y demanda.

Que mediante las Resoluciones número 0564 del 01 de agosto de 2011, 0608 del 19 de agosto de 2011 y 0696 del 09 de septiembre de 2011, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) determinó los cupos para los planes de adquisición y construcción de vivienda de interés social prioritario, en el concurso de recursos para la promoción de oferta y demanda de vivienda destinados a la población en situación de desplazamiento, y mediante la circular número 09 del 09 de Agosto de 2011 de Fonvivienda, se establecieron tres (3) etapas de inscripción de hogares a los planes de vivienda determinados en el artículo 1º de las mencionadas resoluciones.

Que en la Resolución 608 de 2011, se incluyeron entre otros los siguientes proyectos de vivienda:

Que de acuerdo a la Resolución número 1024 de 2011 vigente para la época, derogada por la Resolución número 0691 del 08 de octubre de 2012 y la Circular número 09 del 09 de agosto de 2011, el procedimiento de vinculación de los hogares a los planes de vivienda con determinación de cupos, se realizó en tres etapas, vinculando en la etapa uno a los hogares en estado "Asignado" beneficiarios de Subsidio Familiar de Vivienda en la...

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