Resolución número 20213040062905 de 2021, por medio de la cual se establece temporalmente la jornada laboral en el despacho de la Secretaría General y en los Grupos de Contratos y de Presupuesto del Ministerio de Transporte - 31 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 883332835

Resolución número 20213040062905 de 2021, por medio de la cual se establece temporalmente la jornada laboral en el despacho de la Secretaría General y en los Grupos de Contratos y de Presupuesto del Ministerio de Transporte

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín51904

La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 61 literal g) y 115 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 6.22 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011, en concordancia con los artículos 1 º del Decreto 1876 de 1970 y 33 del Decreto 1042 de 1978, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 996 del 2005 o Ley de Garantía Electorales tiene por objeto definir el marco legal dentro del cual debe desarrollarse el debate electoral a la Presidencia de la República, garantizando la igualdad de condiciones para los candidatos que reúnan los requisitos de ley e igualmente, regula la participación en política de los servidores públicos y las garantías a la oposición; por eso, en el artículo 33 de la mencionada Ley 996 consagra las restricciones que afectan la contratación pública, durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda vuelta, si la hay, prohibiendo la contratación directa por parte de todas las entidades del Estado.

Que de conformidad con el Decreto 087 de 2011 el Ministerio de Transporte tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo.

Que a la Secretaría General del Ministerio de Transporte le corresponden, entre otras, las siguientes funciones de conformidad con el artículo 18 del Decreto 087 de 2011 modificado por el artículo 2º del Decreto 1773 de 2018: "(...) 18.4. Dirigir y controlar en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR