Resolución número 2022-1318 de 2022, por medio de la cual se modifican las resoluciones número 046 de 2007, número 469 de 2014, y número 544 de 2015, y se toman otras determinaciones - 7 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 910822660

Resolución número 2022-1318 de 2022, por medio de la cual se modifican las resoluciones número 046 de 2007, número 469 de 2014, y número 544 de 2015, y se toman otras determinaciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Caldas
Número de Boletín52150

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, (Corpocaldas) en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas por el numeral

1 del artículo 29 de la Ley 99 de 1993, el numeral 5 artículo 2.2.9.7.3.4 del Decreto 1076 de 2015, y los estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia de 1991, es la máxima norma en el ordenamiento jurídico Colombiano, por lo cual todas las actuaciones que se realicen en el territorio nacional deben estar apegadas a este mandato, dentro del cual el constituyente encontró fundamental dar protección al Ambiente y los Recursos Naturales, llevando a que hoy día esta sea conocida como una "Constitución Ecológica", trayendo consigo avances tan importantes e innovadores como "el Derecho al Ambiente Sano", al respecto en Sentencia C-703 de 2010, indicó la Corte

"...La Constitución de 1991 ha sido catalogada como una Constitución ecológica en razón del lugar tan trascendental que la protección del medio ambiente ocupa en el texto superior y, por consiguiente, en el ordenamiento jurídico fundado en él, siendo así que en su articulado se prevé el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines, siendo el Estado el encargado del planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; y de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. En estas condiciones, el medio ambiente es un bien jurídico que es a la vez un derecho de las personas, un servicio público y, ante todo, un principio que permea la totalidad del ordenamiento ..." (Cursiva fuera de texto);

Que por medio la Ley 99 de 1993 se estableció el Sistema Nacional Ambiental, (SINA), precisando sobre la naturaleza jurídica de las Autoridades Ambientales, en cuyo amparo, Corpocaldas, ejerce la administración, conservación, fomento y reglamentación de las aguas superficiales y subterráneas, así como el estudio, seguimiento y monitoreo, control, manejo y conservación de cuencas hidrográficas, con el fin de procurar la sostenibilidad del recurso y el mejor servicio del mismo, en sus diferentes usos destinados al sostenimiento de las actividades domésticas y económicas en su jurisdicción;

Que dentro de las estrategias para el control de la contaminación hídrica se encuentran los instrumentos económicos, los cuales para el efecto se encuentran establecidos en el Artículo 42 de la Ley 99 de 1993 que establece:

La utilización directa o indirecta de la atmosfera, del agua o del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agrícolas, mineros, industriales, aguas negras a servidas de cualquier origen, que sean resultado de actividades antrópicas o propiciadas para el hombre, a actividades de servicio, sean o no lucrativas, se sujetará al pago de tasas retributivas para las consecuencias nocivas de las actividades expresadas;

Que esta norma ha sido objeto de reglamentación por el Gobierno nacional a fin de lograr su aplicación y efectividad, destacándose así los Decretos 901 de 1997, que fue derogado por el Decreto 3100 de 2003, modificado a su vez por el Decreto 3440 de 2004, los anteriores derogados por el Decreto 2667 de 2012, este último compilado en el Decreto 1076 de 2015 "Decreto Único del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible" vigente actualmente;

Que la Corporación ha adelantado los procesos de implementación del procedimiento técnico de la Tasa Retributiva, siguiendo los lineamientos y aspectos normativos, a fin de...

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