Resolución número 2023160010005575-6 de 2023, por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos y Jurisdiccionales de algunas dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud - 14 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 945979459

Resolución número 2023160010005575-6 de 2023, por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos y Jurisdiccionales de algunas dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín52518

El Superintendente Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales, y en especial las otorgadas por el artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, modificado por el artículo 6º de la Ley 1949 de 2019, por el numeral 33 del artículo del Decreto número 1080 de 2021, Decreto número 1712 de 2022,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, "Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (...)".

Que el Capítulo 5 de la Constitución Política en su artículo 365 establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, y es deber de éste asegurar su prestación de manera eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

Que teniendo en cuenta los términos y plazos legales que debe garantizar la entidad frente a la atención de la ciudadanía en general, el artículo 118 del Código General del Proceso establece que "(...) en los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en los que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el juzgado", precepto aplicable a los procesos de naturaleza administrativa por disposición del artículo 306 de la Ley 1437 de 2011.

Que la Ley 1122 de 2007 en su artículo 41 definió los asuntos de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud en su función jurisdiccional.

Que la Ley 1438 de 2011 por medio de la cual se reformó el Sistema General de Seguridad Social en Salud en su artículo 128 estableció el procedimiento administrativo sancionatorio a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.

Que la Superintendencia Nacional de Salud reguló el procedimiento administrativo sancionatorio a través de la Resolución número 1650 de 2014 y Resolución número 2105 de 2014 procurando la garantía del debido proceso de sus vigilados.

Que la Ley 1949 de 2019, adicionó y modificó algunos artículos de las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011, en el ámbito de las actuaciones administrativas y jurisdiccionales de la Superintendencia Nacional de Salud.

Que la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece términos legales para el desarrollo de las actuaciones administrativas así como las formas de notificación.

Que de conformidad con las funciones asignadas a la Superintendencia Nacional de Salud mediante el Decreto número 1080 de 2021, la Entidad adelanta procesos de carácter administrativo y jurisdiccional, en los cuales, por expreso mandato legal, deben observarse términos procesales de estricto cumplimiento.

Que la empresa IFX Networks Colombia S. A. S., empresa proveedora de soluciones de telecomunicaciones, presta sus servicios a distintas entidades públicas del orden nacional, entre ellas, la Superintendencia Nacional de Salud.

Que la empresa IFX Networks Colombia S. A. S., confirmó que sufrió un ataque de ciberseguridad externo tipo ransomware que afectó algunas de sus máquinas virtuales en Colombia, lo que trajo como consecuencia la indisponibilidad en las plataformas de servicios de las entidades que tienen implementadas soluciones ofrecidas por dicha compañía.

Que con fundamento en lo expuesto y en aras de garantizar el debido proceso y demás garantías procesales dentro del trámite administrativo y jurisdiccional, se hace necesario suspender los términos procesales en algunos asuntos de conocimiento que se surten ante algunas dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud, a partir del día 14 al 20 de septiembre de 2023.

Que las siguientes áreas sustentaron la necesidad de suspensión de términos de sus actuaciones administrativas y jurisdiccionales conforme a sus funciones y competencias:

Subdirección de Recursos Jurídicos:

"Artículo 14. Funciones de la Subdirección de Recursos Jurídicos:

1. Proyectar para firma del...

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