Resolución número 20233040004465 de 2023, por la cual se hace un nombramiento provisional en el Ministerio de Transporte en un empleo vacante en forma temporal - 13 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 923832571

Resolución número 20233040004465 de 2023, por la cual se hace un nombramiento provisional en el Ministerio de Transporte en un empleo vacante en forma temporal

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín52307

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las contenidas en el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2º del Decreto 1338 de 2015, aclarado por el artículo 1º del Decreto 414 de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 61 literal g) de la Ley 489 de 1998, establece dentro de las funciones de los ministros, la de dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia.

Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto número 1083 de 2015 modificado por el artículo 1º del Decreto número 648 de 2017, dispone:

"Artículo 2.2.5.3.3. Provisión de las vacancias temporales. (...) Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.

(... )

Parágrafo. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales, se efectuarán por el tiempo que dure la misma".

Que el Presidente de la República delegó en los Ministros y Directores de Departamento Administrativo, las funciones de declarar y proveer las vacancias temporales de los empleos que se produzcan en sus ministerios y departamentos administrativos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 1338 de 2015 aclarado por el artículo 1º

Decreto 414 de 2016.

Que conforme con lo anterior, El Ministro de Transporte tiene la facultad de declarar y proveer las vacantes temporales que se presenten en el Ministerio de Transporte.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 430 de 2016, el Departamento Administrativo de la Función Pública tiene como objeto: "el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento (...) la asesoría y la capacitación"'1, en consecuencia,

1 Decreto número 430 de 2016 "Artículo 16. Dirección Jurídica. Son funciones de la Dirección Jurídica, las siguientes: 1. Servir de autoridad en doctrina jurídica para las entidades y organismos del Estado en los temas de competencia del Departamento (...)". emite conceptos técnicos y jurídicos mediante los cuales brinda interpretación general de aquellas normas de administración de personal en el sector público que ofrezcan algún grado de dificultad en su comprensión o aplicación, siendo la entidad competente para conceptuar y emitir lineamientos en materia de empleo público.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública...

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