Resolución número 2130 de 2021, por la cual se adopta el Lineamiento técnico para la promoción de derechos y la prevención de vulneraciones en el marco del desarrollo y la protección integral de niñas y niños - 3 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 866661382

Resolución número 2130 de 2021, por la cual se adopta el Lineamiento técnico para la promoción de derechos y la prevención de vulneraciones en el marco del desarrollo y la protección integral de niñas y niños

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín51663

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF), en uso de las facultades legales y estatutarias establecidas en la Ley 7a de 1979; el artículo 78 de la Ley 489 de 1998; el artículo 2º del Decreto número 987 de 2012; y demás normas concordantes y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" (ICBF), creado mediante la Ley 75 de 1968 y regido por el Decreto número 2388 de 1979 y el Decreto número 1084 de 2015, tiene por objeto "propendery fortalecer la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteger al menor de edad y garantizarle sus derechos". Tiene entre sus funciones, de conformidad con el numeral 12 del artículo 21 de la Ley 7a de 1979, modificado por el artículo 126 del Decreto número 1471 de 1990, Promover la atención integral del menor de 7 años, así como la "(...) protección preventiva y especial del menor y el fortalecimiento de la familia (...)", de acuerdo con el artículo 30 del Decreto número 2388 de 1979.

Que la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, señala en el parágrafo del artículo 11 que "El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75 de 1968 y Ley 7a de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento (...).

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar dentro de su misionalidad, cuenta con la responsabilidad de liderar la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos relativos a la infancia dentro del Sector de la Inclusión Social y la Reconciliación, y de conformidad con el numeral 3, del artículo del Decreto número 879 del 25 de junio de 2020, el cual modificó la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la hoy...

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