Resolución número 2285 de 2022, por la cual se modifica la Resolución 2108 de 2022 por medio de la cual se establece el inventario de unos bienes muebles del Ministerio de Justicia y del Derecho, se ordena dar de baja los mismos y se procede a la enajenación, a título gratuito, entre entidades públicas - 1 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916498963

Resolución número 2285 de 2022, por la cual se modifica la Resolución 2108 de 2022 por medio de la cual se establece el inventario de unos bienes muebles del Ministerio de Justicia y del Derecho, se ordena dar de baja los mismos y se procede a la enajenación, a título gratuito, entre entidades públicas

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52235

La Secretaria General del Ministerio de Justicia y del Derecho, en ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 9 del artículo 25 del Decreto 1427 de 2017 y, en cumplimiento de la delegación en los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3º de la Resolución número 003 del 11 de agosto de 2011, modificada por la Resolución número 0065 del 30 de enero de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política faculta a la administración pública, para asumir la responsabilidad en el manejo de sus bienes, así como para desafiar, adoptar, interpretar y aplicar las medidas y mecanismos que le permitan el control, racionalización, buen uso y destinación de los mismos.

Que en virtud del artículo 209 de la Constitución Política, las autoridades administrativas están en el deber de coordinar sus actuaciones, encaminándolas al adecuado cumplimiento de los fines del Estado, estableciéndose de esa manera, el procedimiento del manejo de bienes, como una decisión administrativa propia e interna de las entidades, lo cual hace parte del sistema de control interno a que está obligada la administración pública en todos sus órdenes.

Que el artículo 267 de la Constitución Política, establece como principios de la gestión fiscal la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.

Que los artículos , y de la Ley 610 de 2000, definen la Gestión Fiscal como el conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, realizadas por servidores públicos y particulares que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a su adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación, donación, administración, custodia, explotación y enajenación con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad...

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