Resolución número 23699 de 2023, por la cual se convoca nuevamente a los ciudadanos de los municipios de Chinchiná, Manizales, Neira, Palestina y Villamaría - Caldas a consulta popular con fines de constituir el Área Metropolitana: 'Centro Sur de Caldas' - 17 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 950730026

Resolución número 23699 de 2023, por la cual se convoca nuevamente a los ciudadanos de los municipios de Chinchiná, Manizales, Neira, Palestina y Villamaría - Caldas a consulta popular con fines de constituir el Área Metropolitana: 'Centro Sur de Caldas'

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín52551

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la Ley 1625 del 29 de abril de 2013 y bajo los siguientes,

CONSIDERANDOS FÁCTICOS:

Que, mediante comunicación DG/SP 037 del 10 de enero de 2020, radicada con el número 005906 de enero 14 de 2020, el gobernador de Caldas presentó ante la Registraduría Nacional del Estado Civil el proyecto de constitución del Área Metropolitana "Centro Sur de Caldas", con el fin de que se adelanten los trámites pertinentes para llevar a cabo la consulta popular, de conformidad con lo establecido por la Ley 1625 de 2013.

Que, teniendo en cuenta que es menester que en el acto administrativo de convocatoria a la consulta popular se incluya la pregunta que va a ser consultada a la ciudadanía, mediante oficio RDE - 013 RAD. 002664 del 23 de enero de 2020, el Registrador Delegado en lo Electoral solicitó al gobernador de Caldas remitir la propuesta del texto de la misma.

Que, mediante oficio DG/SP 098 del 24 de enero, recibido el 27 de enero de 2020, el gobernador de Caldas remite el texto de la pregunta que será consultada a los ciudadanos de los municipios que integrarán el Área Metropolitana.

Que mediante comunicación con radicado número 2-2020-010577 del 20 de marzo de 2020, la directora General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reitera las respuestas dadas en los escritos con radicados números 2-2019046130 del diecinueve (19) de noviembre de 2019 y 2-2020-002442 del 27 de enero de 2020, mediante los cuales informó que con fundamento en lo prescrito por los artículos 33 de la Ley 1757 de 2015 y 71 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, corresponde a la autoridad Nacional ■ Presidente de la República ■ o Territorial ■ gobernador o alcalde ■ encargada de expedir el decreto de convocatoria a la consulta popular contar con el certificado de disponibilidad presupuestal y el registro presupuestal para atender los gastos del evento electoral, de lo cual se entiende la negativa de la asignación de los recursos adicionales a la Registraduría Nacional del Estado Civil, argumento que en su momento no se acogió, en el entendido que es la Registraduría Nacional del Estado Civil es la competente para dirigir y organizar los mecanismos de participación ciudadana tanto de origen nacional como territorial y por lo tanto es con los recursos del presupuesto general de la Nación asignados a esta Entidad, que se deben sufragar los costos inherentes a la realización de un mecanismo de participación ciudadana del nivel territorial, lo cual fue ratificado por el Consejo de Estado mediante concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil, C.P. Óscar Darío Amaya Navas, número de radicación 2381 del 6 de marzo de 2019.

Que, no obstante, las actuaciones adelantadas por la Registraduría se han enmarcado estrictamente dentro de una positiva descripción normativa, teniendo en cuenta que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no asignó los recursos para la realización del mecanismo de participación ciudadana, se presentó una imposibilidad para su realización en la fecha convocada.

Que, mediante Resolución número 3582 del 18 de mayo de 2020 se suspendió la convocatoria efectuada a los ciudadanos de los municipios de Chinchiná, Manizales, Neira, Palestina y Villamaría - Caldas, a consulta popular con fines de constituir el Área Metropolitana "Centro Sur de Caldas" a realizarse el domingo cinco (5) de julio de 2020.

Que mediante oficio DG - 013 del 8 de febrero de 2023 el gobernador de Caldas (E) solicitó estudiar la posibilidad de incluir en el calendario electoral establecido para las consultas populares, internas e interpartidistas de 2023 (Resolución número 2886 del 3 de febrero de 2023) programadas para el 4 de junio de 2023, la convocatoria a los ciudadanos de los municipios de Chinchiná, Manizales, Neira, Palestina y Villamaría ■ Caldas, para la realización de consulta popular para la...

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