Resolución número 320 de 2022, por la cual el Instituto Nacional de Vías adopta el Índice de Costos de la Construcción de Obras Civiles (ICOCIV) aplicable a los contratos de obra a precios unitarios - 4 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896650691

Resolución número 320 de 2022, por la cual el Instituto Nacional de Vías adopta el Índice de Costos de la Construcción de Obras Civiles (ICOCIV) aplicable a los contratos de obra a precios unitarios

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín51938

El Director General del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, los artículos 1º,

  1. y 7º del Decreto 1292 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 1º del Decreto 1292 de 2021, el Instituto Nacional de Vías (INVÍAS), tiene como objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial, marítima y sus infraestructuras conexas o relacionadas, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.

Que el numeral 8º del artículo de la Ley 80 de 1993, establece que las Entidades Estatales deben adoptar las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de proponer en los casos en que se hubiere realizado licitación o de contratar en los casos de contratación directa.

Que el numeral 2.20 del artículo 2º del Decreto 1292 del 14 de octubre de 2021, "por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías (Invías)", asigna a la Entidad la función de definir, expedir y adoptar la regulación técnica relacionada con la infraestructura de los modos de transporte carretero, fluvial, férreo y marítimo.

Que los numerales 7.6 y 7.19 del artículo 7º del Decreto 1292 del 14 de octubre de 2021, asigna al Despacho del Director General, entre otras las funciones de expedir y adoptar la regulación técnica relacionada con la infraestructura de los modos de transporte carretero, fluvial, férreo y marítimo y la de emitir los actos administrativos que se requieran en desarrollo de la actividad técnica y administrativa del Instituto de conformidad con las disposiciones vigentes.

Que los precios unitarios de los contratos vigentes suscritos por el Instituto Nacional de Vías se han venido ajustando con el Índice de Costos de Construcción Pesada ICCP, calculado por el Departamento Nacional de Estadística DANE...

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