Resolución número 3370 de 2022, por la cual se modifica el Manual Operativo Modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto adoptado mediante Resolución número 4201 del 15 de julio de 2021 - 28 de Junio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907303601

Resolución número 3370 de 2022, por la cual se modifica el Manual Operativo Modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto adoptado mediante Resolución número 4201 del 15 de julio de 2021

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín52079

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias establecidas en el artículo 28 de la Ley 7a de 1979; el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo número 102 de 1979, aprobado por el Decreto número 334 de 1980; el artículo 2º del Decreto número 987 de 2012, el Decreto número 1083 de 2015, el Decreto número 380 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4201 del 15 de julio de 2021 se expidió el Manual Operativo modalidad de acogimiento Familiar Hogar Sustituto para la atención de Niñas, Niños y Adolescentes, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos.

Que en el Lineamiento Técnico para la implementación del modelo de atención dirigido a niños, niñas, adolescentes, en las modalidades de restablecimiento de derechos, aprobado mediante Resolución número 4199 del 15 de julio de 2021, se contempló como componente estratégico el método de administración de casos (MAC), el cual basado en la evidencia, conlleva al logro de los cambios esperados a nivel individual, familiar y con los sectores y servicios.

Que por lo anterior y para el efectivo desarrollo de los procesos de atención de los niños, niñas y adolescentes a partir del método de administración de casos (MAC), se hizo necesario establecer dos (2) niveles de articulación. Uno, la micro gestión y dos, la macro gestión, para lo cual se hace necesario la inclusión de un perfil adicional en la modalidad que permita el fortalecimiento de los dos (2) niveles mencionados.

Que se hace necesaria la modificación del contenido del Manual Operativo modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto en los siguientes aspectos:

  1. En los créditos en la página 2, modificar los nombres tanto del Director de Protección por el de la actual Directora de Protección, como el de la Subdirectora de Restablecimiento de Derechos.

  2. Actualizar la numeración de la tabla de Contenido del Manual Operativo modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto.

  3. En la página 213, que corresponde al numeral 3.17 Talento Humano, incluir el literal g) Gestor de caso.

  4. De la página 233 a la 236, en...

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