Resolución número 3373 de 2022, por la cual se autoriza a Ecopetrol S. A. a realizar una operación de manejo de deuda pública externa - 19 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916988536

Resolución número 3373 de 2022, por la cual se autoriza a Ecopetrol S. A. a realizar una operación de manejo de deuda pública externa

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52253

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 5 y 6 de la Ley 781 de 2002, y los artículos 2.2.1.1.2., 2.2.1.4.2., 2.2.1.4.4. y 2.2.1.4.5 del Decreto 1068 de 2015, y las Resoluciones número 2650 del 12 de noviembre de 1996, número 2822 del 30 de diciembre de 2002 y No. 2563 del 09 septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 3965 del 29 de diciembre de 2011, se autorizó a Ecopetrol S. A. para garantizar las obligaciones de pago que contrajo la Refinería de Cartagena S. A. Reficar, establecidas en los contratos de empréstito en virtud de la autorización expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 3964 del 29 de diciembre de 2011, hasta por la suma de tres mil quinientos millones de dólares (USD $3.500.000.000) de los Estados Unidos de América para, en el evento descrito, financiar el proyecto de Ampliación y Modernización de la Refinería de Cartagena;

Que en ejecución de la Resolución de la que trata el considerando anterior, el 30 de diciembre de 2011 Ecopetrol S. A. celebró los contratos "Debt Service Guarantee Agreement", "Common Terms Agreement", "CreditAgreement" (EXIMDirect), "Credit Agreement(EXIMGuaranteed), "EKN Facility Agreement", "SACEFacility Agreement", y "Commercial Facility Agreement", aprobados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio número 2-2011-043498 del 29 de diciembre de 2011;

Que de conformidad con la Resolución número 4095 del 5 de diciembre de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público corrigió formalmente el Artículo 2 de la Resolución número 3965 del 29 de diciembre de 2011, que quedó así: "Artículo 2º. Autorización. Autorizar a Ecopetrol S. A. para que, de manera voluntaria, o ante un evento de incumplimiento de las obligaciones de Refinería de Cartagena S. A. - Reficar-, en los términos de los contratos de empréstito externo que dicha entidad suscribió para financiar el proyecto de Ampliación y Modernización de la Refinería de Cartagena, asuma hasta por tres mil quinientos millones de dólares (USD$3.500.000.000) de los Estados Unidos de América de los mencionados empréstitos externos."

Que en desarrollo de la autorización de que trata el considerando anterior y mediante la Resolución número 4112 del 7 de diciembre de 2017 impartida por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y, se autorizó a Ecopetrol para "(...) celebrar una operación de manejo de deuda pública externa consistente en la modificación del plazo en virtud del cual Ecopetrol S. A. (en calidad de sponsor), tendría que repagar las obligaciones de pago derivadas de los contratos de financiación del Proyecto de expansión y modernización de la Refinería de Cartagena en el evento de asunción de dichas obligaciones."

Que en desarrollo de la Resolución que trata el considerando anterior, el 12 de diciembre de 2017 Ecopetrol S. A. celebró un contrato "Ómnibus Amendment to Financce Documents" , términos aprobados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio número 2-2017036201 del 30 de octubre de 2017;

Que mediante Resolución número 2733 del 04 de septiembre de 2018, se autorizó a Ecopetrol S. A. para celebrar un empréstito externo con Mizuho Bank LTD y The Bank of Nova Scotia como agente administrativo, bajo la modalidad de línea comprometida no rotativa, con el fin de mitigar el riesgo de liquidez y de financiación, hasta por la suma de seiscientos sesenta y cinco millones de dólares (USD665.000.000) de los Estados Unidos de América;

Que en desarrollo de la Resolución de que trata el considerando anterior, el 20 de septiembre de 2018 Ecopetrol S. A. celebró un contrato de empréstito externo y anexos, bajo la modalidad de línea comprometida no rotativa con Mizuho Bank LTD y The Bank of Nova Scotia como agente administrativo, hasta por la suma de seiscientos sesenta y cinco millones de dólares (USD665.000.000) de los Estados Unidos de América, aprobados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio número 2-2018-021445 del 26 de junio de 2018;

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el No. 1-2022-084471 del 7 de octubre de 2022 y alcance número 1-2022-100858 del 1º de diciembre de 2022, Ecopetrol S. A. solicitó "(...) autorización al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) para ejecutar una operación de manejo de deuda pública externa, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.1.1.2, 2.2.1.1.3., 2.2.1.4.2., 2.2.1.4.4. y 2.2.1.4.5. del Decreto 1068 de 2015 modificado por el Decreto 1575 de 2022, consistente en: i) La sustitución total del crédito autorizado mediante la Resolución 2733 del 4 de septiembre de 2018, expedida por el MHCP, bajo la modalidad de una línea comprometida con la Banca Internacional por USD665 millones, contratada con Bank of Nova Scotia (USD430 millones) y Mizuho Bank (USD235 millones) en septiembre de 2018y desembolsada el 15 de abril de 2020....

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