Resolución número 4 0036 de 2022, por la cual se modifica el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera del Ministerio de Minas y Energía, adoptado mediante la Resolución número 9 0430 del 24 de abril de 2014, designando el funcionario ejecutor - 24 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 884305619

Resolución número 4 0036 de 2022, por la cual se modifica el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera del Ministerio de Minas y Energía, adoptado mediante la Resolución número 9 0430 del 24 de abril de 2014, designando el funcionario ejecutor

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51927

El Ministro de Minas y Energía, en uso de las facultades legales y, en especial, las dispuestas en el literal a) del artículo 61 de Ley 489 de 1998 y la Ley 1066 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, señala que es función de los Ministros:

"a) Ejercer, bajo su propia responsabilidad, las funciones que el Presidente de la República les delegue o la ley les confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios del mismo; (...)"

Que el artículo 2º de la Ley 1066 de 2006 estableció la obligación para las entidades públicas de establecer mediante normatividad de carácter general, por parte de la máxima autoridad o representante legal, el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera.

Que el Decreto número 4473 del 15 de diciembre de 2006 estableció el contenido mínimo de dicho reglamento, entre lo que se encuentra la indicación del funcionario competente para adelantar el trámite de recaudo de cartera en la etapa persuasiva y coactiva, de acuerdo con la estructura funcional interna de la entidad.

Que, mediante la Resolución número 90430 del 24 de abril de 2014, el Ministro de Minas y Energía adoptó el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, el cual dispone en su artículo 6º que el Coordinador del Grupo de Jurisdicción Coactiva ejercería como funcionario ejecutor para el cobro coactivo de obligaciones y créditos a favor del Ministerio de Minas y Energía.

Que mediante Resolución número 4 0129 del 30 de enero de 2015, por la cual se organizaron los Grupos Internos de Trabajo al interior del Ministerio de Minas y Energía, fue creado el Grupo Interno de Trabajo denominado Grupo de Jurisdicción Coactiva adscrito al Despacho del Secretario General.

Que mediante Resolución número 4 0153 del 19 de mayo de 2021 fue modificada la adscripción del Grupo Interno de Trabajo denominado Grupo de Jurisdicción Coactiva a la Subdirección Administrativa y Financiera.

Que mediante el artículo 20 de la Resolución número 01219 del 17 de diciembre 2021 se suprimió el Grupo de Jurisdicción Coactiva, dispuesto en el numeral 3 del artículo...

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