Resolución número 4 0919 de 2016, por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4 0529 del 4 de mayo de 2015 y se redistribuye parcialmente el porcentaje destinado a la fiscalización, el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, de que tratan los artículos 2º del Acto Legislativo 05 de 2011, 13 de la Ley 1530 de 2012 y la Ley 1744 de 2014 para la bienalidad 2015-2016 - 23 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649849685

Resolución número 4 0919 de 2016, por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4 0529 del 4 de mayo de 2015 y se redistribuye parcialmente el porcentaje destinado a la fiscalización, el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, de que tratan los artículos 2º del Acto Legislativo 05 de 2011, 13 de la Ley 1530 de 2012 y la Ley 1744 de 2014 para la bienalidad 2015-2016

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50005

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 13 y 78 de la Ley 1530 de 2012 y el artículo 12 de la Ley 1744 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acto Legislativo 05 del 18 de julio de 2011 se constituyó el Sistema General de Regalías, se modificaron los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictaron otras disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones.

Que el Acto Legislativo 05 de 2011, en el artículo 2º dispuso, entre otros aspectos, que: "...De los ingresos del Sistema General de Regalías, se destinará un porcentaje del 2% para fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, y el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo. Este porcentaje se descontará en forma proporcional del total de los ingresos del Sistema General de Regalías distribuidos en el inciso anterior. Las funciones aquí establecidas serán realizadas por el Ministerio de Minas y Energía o por la entidad a quien este delegue".

Que mediante la Ley 1530 de 2012 se reguló la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías y, en el inciso 3º del artículo 13, estableció que: "El porcentaje destinado a la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, y al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, será administrado en laforma señalada por el Ministerio de Minas y Energía, directamente, o a través de las entidades que este designe", razón por la cual se hace necesario establecer los porcentajes correspondientes a cada una de las mencionadas actividades para los años 2015 y 2016, así como designar la entidad que administrará dichos recursos.

Que la Ley 1744 del 26 de diciembre de 2014, por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1º de enero del 2015 al 31 de diciembre de 2016, en el artículo 3º definió el presupuesto de los Órganos del Sistema General de Regalías, asignándose para la fiscalización de la exploración y explotación de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR