Resolución número 4008 de 2020, por la cual se deja sin efecto la Resolución número 3473 del 2020, 'Por la cual se acogen unas solicitudes y se expide un nuevo calendario electoral para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud - 3 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844996726

Resolución número 4008 de 2020, por la cual se deja sin efecto la Resolución número 3473 del 2020, 'Por la cual se acogen unas solicitudes y se expide un nuevo calendario electoral para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín51334

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las consagradas en el artículo 266 de la Constitución Política, los numerales 2 del artículo 26 del Código Electoral, 11 del artículo 5º del Decreto Ley 1010 de 2000, el artículo 119 de la Ley 2008 de 2019 las Leyes Estatutarias 1622 de 2013 y 1885 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 1074 del 4 de febrero de 2020, se estableció la fecha de realización de las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud y se profirió el calendario electoral.

Que mediante la Resolución número 2031 del 27 de febrero de 2020, se modificó y adicionó la Resolución número 1074 del 4 de febrero de 2020, fijando como fecha de celebración del certamen democrático el 8 de noviembre de 2020.

Que mediante la Resolución número 2563 del 11 de marzo de 2020, se modificó parcialmente la Resolución número 2031 del 27 de febrero de 2020.

Que de acuerdo con la Resolución número 3473 del 8 de mayo de 2020, se acogen unas solicitudes de los jóvenes y las organizaciones juveniles y se modifican las Resoluciones Nos. 2031 del 27 de febrero y 2563 del 11 de marzo de 2020, estableciendo como nueva fecha para la realización de las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud el 7 de marzo de 2021 y se fija el nuevo calendario electoral.

Que teniendo en cuenta que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el once (11) de marzo del presente año, declaró el actual brote de enfermedad por Coronavirus COVID-19 como pandemia, el Ministro de Salud y Protección Social mediante la Resolución número 385 del doce (12) de marzo de 2020, declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, y en virtud de la misma, adoptó una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 y mitigar sus efectos, prescribiendo en el artículo 2º:

"(...) 2.1. Suspender los eventos con aforo de más de 500personas (...) 2.9. Ordenar a todas las autoridades del país y particulares, de acuerdo con su naturaleza y en el ámbito de su competencia cumplir, en lo que les corresponda,...

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