Resolución número 4208 de 2018, por la cual se declara Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional el Telón de Boca denominado 'Se va el Caimán' - 17 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 751765157

Resolución número 4208 de 2018, por la cual se declara Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional el Telón de Boca denominado 'Se va el Caimán'

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín50810

La Ministra de Cultura, en uso de las facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997, modificado por el numeral 1 del artículo 7º de la Ley 1185 de 2008 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultural número 1080 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Patrimonio identifica que el Telón de Boca "Se va el Caimán" del artista Alejando Obregón, localizado en el Teatro Amira de la Rosa, identificado con nomenclatura urbana Carrera 54 N.º 52-528 en la ciudad de Barranquilla, posee valores que trascienden el carácter material y que le confieren una importancia histórica, estética y simbólica en el ámbito artístico nacional;

Que el artículo 8º de la Ley 397 de 1997(modificado por el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008) establece que el Gobierno nacional, por intermedio del Ministerio de Cultura, y previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural es responsable de la declaratoria de los bienes de interés cultural del ámbito nacional (BICNAL);

Que el numeral 10 del artículo 12 del Decreto-ley 1746 de 2003, establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratoria de obras arquitectónicas y escultóricas como bienes de interés cultural para poner dichas propuestas a consideración del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural y del Ministerio de Cultura;

Que entre las funciones de la Dirección de Patrimonio, según el Decreto número 1746 de 2003, está la de asesorar al ministro o ministra de Cultura en el diseño de políticas y propuestas para la preservación, conservación, protección y estudio del patrimonio mueble e inmueble, y que dicha dirección es la encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencias de los bienes de interés cultural del ámbito nacional, conforme a las políticas del Ministerio;

Que el artículo 8º de la Ley 397 de 1997 (modificado por el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008) reglamentado por el artículo 2.4.1.3. del Decreto número 1080 de 2015, establece el procedimiento para la declaratoria de los bienes de interés cultural, así:

Procedimiento

La declaratoria de los bienes de interés cultural atenderá el siguiente procedimiento, tanto en el orden nacional como territorial: 1. El bien de que se trate se incluirá en una Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural por la autoridad competente de efectuar la declaratoria.

2. Con base en la lista de que trata el numeral anterior, la autoridad competente para la declaratoria definirá si el bien requiere un Plan Especial de Manejo y Protección.

3. Una vez cumplido el procedimiento descrito en los dos numerales anteriores, el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural respecto de los bienes del ámbito nacional, o el respectivo Consejo Departamental o Distrital de Patrimonio Cultural, según el caso, emitirá su concepto sobre la declaratoria y el Plan Especial de Manejo y Protección si el bien lo requiriere.

4. Si el concepto del respectivo Consejo de Patrimonio Cultural fuere favorable, la autoridad efectuará la declaratoria y en el mismo acto aprobará el Plan Especial de Manejo y Protección si este se requiriere";

Que el artículo 2.4.1.4. del Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura número

1080 de 2015 prevé:

Artículo 8º. Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de interés Cultural. La inclusión de un bien en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de interés Cultural, cuya sigla es LICBIC, constituye el primer paso que deberá cumplir la instancia competente dentro del proceso de declaratoria de BIC. Esta inclusión no implica la sujeción del mismo al Régimen Especial de Protección establecido en la Ley 1185 de 2008 y reglamentado en este decreto.

La LICBIC consiste en un registro de información que administrará, en cada caso, la autoridad competente.

Podrán ingresar a la LICBIC aquellos bienes que, de acuerdo con su significación cultural en el ámbito correspondiente (nacional, departamental, distrital, municipal, territorios indígenas o territorios de comunidades negras de que trata la Ley 70 de 1993) y por estar acorde con los criterios de valoración señalados en el título anterior, son susceptibles de ser declarados como BIC.

Una vez incluido un bien en la LICBIC, la autoridad competente definirá si el mismo requiere o no la formulación de un Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP).

La inclusión de un bien en la LICBIC se comunicará al solicitante o al propietario, usufructuario o persona interesada o a los terceros indeterminados, en la forma dispuesta por el Código Contencioso Administrativo.

La LICBIC debe integrarse al Inventario de Patrimonio Cultural de la Nación que administra el Ministerio de Cultura o a los inventarios que administren, en sus respectivas especialidades, las autoridades nacionales y territoriales competentes. En todo caso la inclusión de bienes en una LICBIC del ámbito nacional o territorial debe informarse en un término no superior a un mes al Ministerio de Cultura, el cual podrá fijar las características que deberá reunir dicha información;

Que según consta en el acta del 29 de mayo de 2018 realizada en el Despacho del Director de Patrimonio, se aprobó la inclusión del Telón de Boca "Se va el caimán" del artista Alejandro Obregón, ubicado en el Teatro Amira de la Rosa en la ciudad de Barranquilla, en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural (LICBIC) del ámbito nacional;

Que el Telón de Boca "Se va el caimán" conforme al procedimiento legal fue incluido en la LICBIC como a continuación se denota, LISTA INDICATIVA DE CANDIDATOS A BIEN DE INTERÉS CULTURAL DEL ÁMBITO NACIONAL última actualización: 31 de julio de 2018 GRUPO DE INVESTIGACIÓN Y DOCUMENTACIÓN - DIRECCIÓN DE PATRIMONIO.

DESCRIPCIÓN FÍSICA de Telón de Boca "Se va el caimán".

Acrílico sobre lienzo elaborado por Alejandro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR