Resolución número 4451 de 2020, por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, adoptado mediante Resolución número 1818 de 2019, modificado por las Resoluciones números 7444 de 2019 y 4122 de 2020 - 18 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847406338

Resolución número 4451 de 2020, por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, adoptado mediante Resolución número 1818 de 2019, modificado por las Resoluciones números 7444 de 2019 y 4122 de 2020

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín51410

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF), en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto número 770 de 2005, el Decreto número 1083 de 2015 y sus modificatorias, el Decreto número 879 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Constitución Política, establece: "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento".

Que el artículo 2º del Decreto-ley 770 de 2005, por el cual se establece el sistema de funciones y de requisitos generales para los empleos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del orden nacional, a que se refiere la ley 909 de 2004, dispone que "(...) Las competencias laborales, funciones y requisitos específicos para su ejercicio serán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los que establezca el Gobierno nacional de acuerdo con los parámetros señalados en el artículo quinto del presente Decreto, salvo para aquellos empleos cuyas funciones y requisitos estén señalados en la Constitución Política o en la ley.

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto número 1083 de 2015 modificado por el artículo 4º Decreto número 498 del 30 de marzo de 2020, establece: "Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente título expedirán el manual específico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio.

La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente título.

Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias...

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