Resolucion numero 088 de 1998, por la cual se fija el costo base de Comercialización a la empresa Energizar S. A., ESP, aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la Empresa de Energía de Bogotá, ESP. - 14 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59801954

Resolucion numero 088 de 1998, por la cual se fija el costo base de Comercialización a la empresa Energizar S. A., ESP, aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la Empresa de Energía de Bogotá, ESP.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín43362

por la cual se fija el costo base de Comercialización a la empresa Energizar S. A., ESP, aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la Empresa de Energía de Bogotá, ESP.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resolución 031 de abril de 1997, adoptó la Fórmula General para el cálculo de los costos de prestación del servicio de energía eléctrica, aplicable a usuarios regulados, uno de cuyos elementos está constituido por el Costo de Comercialización;

Que Energizar S. A., ESP, ha solicitado un costo base de comercialización para los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la Empresa de Energía de Bogotá S. A., ESP, de

C*0 = 2.454 $/Factura ($ de diciembre de 1995)

que es el existente en el mercado;

Que la CREG debe fijar el valor de la variable C*0 de la fórmula tarifaria, para cada uno de los nuevos comercializadores de energía eléctrica que así lo soliciten;

Que según lo dispuesto en la resolución CREG-244 de 1997, artículo 3º, el costo base de comercialización que aprobará la Comisión para atender usuarios de un mercado existente, deberá ser igual o menor que el aprobado previamente por la Comisión al comercializador que atiende dicho mercado;

Que la empresa debe aplicar la Resolución CREG-244 de 1997, mediante la cual la Comisión de Regulación de Energía y Gas aclaró la aplicación de la Resolución CREG-031 de 1997 para comercializadores nuevos en mercados existentes, o comercializadores existentes que deseen atender mercados existentes diferentes a los que actualmente atienden,

RESUELVE:

Artículo 1º El Costo Base de Comercialización expresado en $/factura, para Energizar S

A., ESP, aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la Empresa de Energía de Bogotá S. A., ESP, se fija como máximo en:

C*0 = 2,454...

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