Resolución numero 6577 de 2008, por la cual se establecen losparámetros y elprocedimientopara lafijación de las tarifas de matrículaypensionespor el servicio de educaciónpreescolar, basicay media prestado en establecimientos educativos de carácter privado - 2 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 927453617

Resolución numero 6577 de 2008, por la cual se establecen losparámetros y elprocedimientopara lafijación de las tarifas de matrículaypensionespor el servicio de educaciónpreescolar, basicay media prestado en establecimientos educativos de carácter privado

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín47130

La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial por las conferidas por el artículo 5.12 de la Ley 715 de 2001,

RESUELVE:

Artículo 1º Manual de Autoevaluación.

Adoptar la versión 2008 del "Manual de Au-toevaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, para la definición de Tarifas", con los alcances, términos y condiciones previstos en el Decreto 2253 de 1995. A partir de la entrada en vigencia de esta resolución el Manual sustituye la versión adoptada mediante Resolución 3343 de 2006, y su aplicación es obligatoria para todos los establecimientos educativos privados que ofrecen educación formal, y que no tengan una certificación de calidad vigente, con ISO9001 o con un modelo de gestión validado por el Ministerio de Educación Nacional, en desarrollo de lo establecido en el Decreto 529 de 2006. Los establecimientos privados de educación formal de adultos aplicarán obligatoriamente el Manual a partir del año 2009.

Parágrafo 1º. Los establecimientos educativos privados que no entreguen a la Secretaría de Educación de la entidad Territorial en que presten sus servicios los formularios resultantes de su autoevaluación, o sus certificaciones de calidad, se clasificarán automáticamente en el Régimen Controlado.

Parágrafo 2º. De acuerdo con los puntajes obtenidos en la autoevaluación, los establecimientos educativos se clasifican en uno de los regímenes establecidos en el artículo 202 de 1994: Régimen Controlado, Régimen de Libertad Vigilada o Régimen de Libertad Regulada.

Artículo 2º Incremento anual de tarifas en el Régimen Controlado.

La tarifa del primer grado que ofrezca el establecimiento educativo clasificado en el Régimen Controlado...

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