Resolución número 7144 de 2018, por la cual se crea el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública y se establecen los lineamientos para su institucionalización - 5 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 741766117

Resolución número 7144 de 2018, por la cual se crea el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública y se establecen los lineamientos para su institucionalización

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50737

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial aquellas conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y el artículo 2º, numerales 2, 3, 7 y 8 del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política corresponde a los Ministros formular políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que en desarrollo del artículo 208 de la Constitución Política y de acuerdo con las facultades conferidas po1 el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 111 de 1996, el Ministro de Defensa Nacional como jefe de la administración, formula políticas generales, dirige la actividad administrativa del sector y vela por el adecuado cumplimiento de las funciones del Ministerio, actividad es que se realizan con la colaboración inmediata del Comandante General de las Fuerzas Militares, los Comandantes de Fuerza y el Director de la Policía Nacional, entre otros, para formular la estrategia para el desarrollo de los planes y programas en materia de defensa y seguridad.

Que de acuerdo a lo anterior, el Ministro de Defensa Nacional como ordenador de gasto, decide y vela por la buena ejecución de los recursos del Ministerio de Defensa Nacional, sin perjuicio de los actos de delegación de funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios en el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional de que trata la Resolución 4519 de 2016, modificada por las Resoluciones 5662 de 2016, 5159 de 2017, 134 de 2018, 267 de 2018 y 1417 de 2018.

Que el artículo 10 de la Ley 62 de 1993, establece que para efectos de dirección y mando, la Policía Nacional depende del Ministro de Defensa Nacional.

Que el artículo 36 del Decreto 111 de 1996 dispone que el presupuesto de gastos se compondrá de los gastos de funcionamiento, del servicio de la deuda pública y de los gastos de inversión, y que cada uno de estos gastos se presentará clasificado en diferentes secciones, entre ellas, una por cada ministerio y una para la Policía Nacional, así mismo el artículo 110 establece que los órganos que son una sección en el Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la ley.

Que según el numeral 2 del artículo 24 de la Ley 1437 de 2011 "por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" sólo tendrán carácter reservado las informaciones y documentos expresamente sometidos a reserva por la Constitución o la ley, y en especial los relacionados con la defensa o seguridad nacionales.

Que el Decreto 2134 de 1992, modificado a su vez por los Decretos 4748 de 2010 y Decreto 469 de 2015, determina la composición y funciones del Consejo de Seguridad Nacional.

Que el artículo 4º del Decreto 4748 del 2010, establece como funciones del Consejo de Seguridad Nacional asesorar al Presidente de la República en materia de defensa y seguridad nacional, el establecimiento de las prioridades de seguridad nacional y de la formulación de políticas institucionales, así como, proponer escenarios y opciones para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional, entre otras funciones.

Que la Constitución Política define en el artículo 216 a la Fuerza Pública integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Que conforme a lo dispuesto por el artículo 217 de la Constitución Política las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.

Que según el artículo 218 de la Constitución Política, la Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.

Que el artículo 1.1.1.1. del Decreto 1070 de 2015, establece que el Sector Administrativo de Defensa Nacional está integrado por el Ministerio de Defensa Nacional y sus entidades adscritas y vinculadas. Asimismo, que el Ministerio de Defensa Nacional tendrá a su cargo la orientación, control y evaluación del ejercicio de las funciones de los organismos y entidades que conforman el Sector Administrativo Defensa Nacional, sin perjuicio de las potestades de decisión que les corresponda así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos.

Que la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, según lo dispuesto en los Decretos 1512 de 2000, 4890 de 2011 y demás modificatorios, está constituida por las unidades ejecutoras Unidad de Gestión General, Comando General de las Fuerzas Militares, Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea Colombiana, Dirección Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI), Dirección General de Sanidad Militar, y Dirección General Marítima (Dimar); y por la Dirección General de la Policía Nacional.

Que de acuerdo con el artículo 29 del Capítulo III del Decreto 1512 de 2000, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones, que señala "Tablas de Organización y Equipo. El Comandante General de las Fuerzas Militares y los Comandantes del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea determinan, dentro de las dotaciones fijadas por la ley y por medio de las Tablas de Organización y Equipo, aprobadas por el Comando General de las Fuerzas Militares y por el Ministro de Defensa Nacional, la composición y organización de los elementos integrantes del Comando General de las Fuerzas Militares y de cada una de las Fuerzas. Parágrafo: Para los fines de este artículo se entiende por Tabla de Organización y Equipo las disposiciones destinadas a determinar la misión, organización, capacidades y dotaciones de los distintos componentes de las Fuerzas Militares".

Que el artículo 5º de la Resolución 05309 de 2016 de la Policía Nacional por la cual se establecen las Tablas de Organización Policial (TOP) de la Policía Nacional y se derogan unas disposiciones, define las Tablas de Organización Policial (TOP) como herramienta que permite organizar el talento humano en los cargos establecidos dentro de la estructura orgánica de cada unidad, con el fin de identificar las vacantes y/o remanentes que se presenten.

Que mediante Decreto 4890 de 2011, se modifica parcialmente la estructura de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional y en su artículo 1º numeral 2.1 se crea la Dirección de Estudios Estratégicos; numeral 2.2, la Dirección de Políticas y Consolidación de la Seguridad; numeral 3.1, la Dirección de Proyección de Capacidades, numeral 3.2, la Dirección de Desarrollo del Capital Humano; numeral 3.3, la Dirección de Planeación y Presupuestación; y numeral 3.4, la Dirección de Logística; y en los artículos 8º, 9º, 17, 18, 19 y 20 se establecen sus respectivas funciones.

Que el artículo 7º del Decreto 4890 de 2011 establece como función del Despacho del Viceministro para las Políticas y Asuntos Internacionales, asistir al Ministro en la formulación y evaluación de las políticas, los objetivos estratégicos y sectoriales en materia de defensa y seguridad nacional; así como liderar la identificación del entorno estratégico futuro y proponer la estrategia de defensa cuatrienal y las modificaciones que la misma requiera, con fundamento en la efectividad de los planes sectoriales y su impacto en el ambiente estratégico y operacional.

Que el artículo 8º del Decreto 4890 de 2011 establece como función de la Dirección de Estudios Estratégicos, liderar el análisis del contexto de seguridad y defensa de largo plazo por cuatrienios como insumo para escenarios estratégicos futuros, y para el diseño de la política y las capacidades de la Fuerza Pública.

Que el artículo 9º del Decreto 4890 de 2011 establece como función de la Dirección de Políticas y Consolidación de la Seguridad, definir los parámetros sobre los cuales se deben desarrollar los documentos de la política, y con base en esto, liderar el diseño de las políticas de Seguridad y Defensa en el Sector Defensa, acompañar y gestionar la implementación de las mismas.

Que el artículo 16 del Decreto 4890 de 2011 establece como funciones del Despacho del Viceministerio para la Estrategia y Planeación, dirigir el diseño de Estructura de Fuerza con fundamento en la identificación de conceptos operacionales y capacidades objetivo, dirigir el planeamiento y la programación presupuestal de recursos para el funcionamiento y la inversión del sector defensa, así como definir el direccionamiento estratégico de los procesos logísticos sectoriales, y de los procesos de formación y gestión de talento humano de la Fuerza Pública, asociada a los conceptos operacionales de Estructura de Fuerza.

Que el artículo 17 del Decreto 4890 de 2011 establece como función de la Dirección de Proyección de Capacidades, liderar la identificación de contextos operacionales correspondientes a cada objetivo de seguridad y defensa nacional en el nivel estratégico; elaborar ejercicios de análisis de riesgo en coordinación con las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; identificar alternativas de conceptos operacionales y diseñar modelos de Estructura de Fuerza que respondan a los retos de seguridad y defensa; elaborar análisis de costo-efectividad de las alternativas de Estructura de Fuerza e identificar ineficiencias en...

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