Resolución número 71777 de 2022, por la cual se implementa en la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) el Teletrabajo en su fase de Plan Piloto - 27 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 912408494

Resolución número 71777 de 2022, por la cual se implementa en la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) el Teletrabajo en su fase de Plan Piloto

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Número de Boletín52170

El Director General de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 12 del artículo del Decreto número 1429 de 2016, los artículos 2.6.4.7.2 y 2.6.4.7.3 del Decreto número 780 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el propósito de la Ley 1221 de 2008, por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones es promover y regular el teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que a efectos de garantizar la igualdad laboral de los teletrabajadores frente a los demás trabajadores del sector público y privado se hizo necesario regular las condiciones laborales especiales que regirán las relaciones entre empleadores y teletrabajadores, mediante los Decretos números 884 de 2012, compilado dentro del Decreto número 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, que han regulado las condiciones laborales especiales del teletrabajo que regirán las relaciones entre empleadores y teletrabajadores y que se desarrollan en el sector público y privado en relación de dependencia.

Que, debido a las actuales dinámicas que trae consigo la Cuarta Revolución Industrial, se hace necesario contar con servidores públicos que se adapten a los entornos acelerados y cambiantes, con el fin de avanzar hacia la estructuración de la modalidad de teletrabajo suplementario dentro de La Entidad y lo que se ha denominado el servidor público 4.0.

Que el Decreto número 1227 de 2022, expedido el 18 de julio de 2022, modificó los artículos 2.2.1.5.3, 2.2.1.5.5, 2.2.1.5.8 y 2.2.1.5.9, y adicionó los artículos 2.2.1.5.15 al 2.2.1.5.25 al Decreto número 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, relacionados con el Teletrabajo, si bien las obligaciones del empleador y del teletrabajador son las definidas por la normativa vigente, el empleador deberá adoptar y publicar una política interna en la que regule los términos, características, condiciones del teletrabajo, conforme a las necesidades y particularidades del servicio.

Que, en desarrollo de lo anterior, la Entidad llevó a cabo un estudio diagnóstico, mediante el cual, desde los aspectos allí abordados, se determinó la viabilidad de implementar el Teletrabajo, arrojando como resultado la procedencia de adoptar esta forma especial de trabajo.

Que, teniendo en cuenta que documentos como el Libro Blanco del Teletrabajo en Colombia, referente para poder implementar esta forma especial de trabajo, dispone que es necesario adelantar una prueba piloto para desde el punto de vista práctico establecer la conveniencia de desarrollar esta modalidad de trabajo a distancia.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 12

Disposiciones Generales

Artículo 1º Implementar el Teletrabajo en la Entidad en su fase de prueba piloto, la cual servirá para validarla y, si es del caso, proponer los ajustes que se consideren pertinentes.
Artículo 2º Ámbito de aplicación.

La presente reglamentación es aplicable a los servidores públicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) a quienes, mediante solicitud previa y a través de acto administrativo, se les confiera trabajar bajo la modalidad de Teletrabajo, establecida en la Ley 1221 de 2008 y reglamentada por el Decreto número 0884 de 2012.

Artículo 3º Criterios de selección.

Dentro del proceso de preselección y selección de candidatos para la implementación de teletrabajo en la Entidad, se llevará a cabo un proceso de evaluación objetiva de cada una de las solicitudes presentadas por los servidores de la ADRES.

Artículo 4º Adopción de documentos

. Para efectos de la implementación del Teletrabajo en la Entidad en su fase de prueba piloto, adóptense los siguientes documentos:

  1. Formato de solicitud de adopción de teletrabajo

  2. Formato de solicitud de reversibilidad del teletrabajo por parte del servidor

  3. Formato de solicitud de reversibilidad del teletrabajo por parte de la Entidad

Artículo 5º Prueba piloto.

Establecer la prueba piloto de la aplicación del Teletrabajo en la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), la cual tendrá una duración contada desde la fecha de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2022.

Parágrafo. El Plan de Acción para la implementación del Teletrabajo durante la prueba piloto incorpora los siguientes componentes: difusión, modalidad, alcance, identificación de posibles candidatos, encuesta...

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