Resolución número 844 de 2014, por medio de la cual se delegan unas funciones en la Subdirección General - 27 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 541259918

Resolución número 844 de 2014, por medio de la cual se delegan unas funciones en la Subdirección General

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación
Número de Boletín49317

La Directora General del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993, concordantes con los artículos 9º al 12 de la Ley 489 de 1998, la Ley 1286 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia establece que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

Que el numeral 11 del artículo del Decreto número 1904 de 2009, establece como función del Director General del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación la de "Convocar a la realización de investigaciones y estudios necesarios para el cumplimiento de los planes estratégicos del país, en el marco de su misión institucional y del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación".

Que el numeral 2 del artículo del Decreto número 1904 de 2009 establece que corresponde a la Subdirección General: "Asistir al Director General en el ejercicio de sus funciones de dirección y control de las labores encomendadas a cada una de las dependencias del Departamento y adelantar la coordinación necesaria entre ellas".

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, dispone en su inciso 1º que "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y de con-

formidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias".

Que el numeral 5 del artículo de la Ley 1286 de 2009, faculta a Colciencias para efectuar convocatorias públicas, basadas en criterios de mérito y calidad, al establecer que: "...Las instituciones, programas, proyectos y personas objeto de apoyo, se podrán seleccionar mediante convocatorias públicas, basadas en criterios de mérito y calidad. Negrilla fuera de texto.

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