Resolución número 8866 de 2022, por medio de la cual se establece la forma de designación y las funciones del Oficial de Seguridad y Privacidad de la Información en el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio - 23 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 915866951

Resolución número 8866 de 2022, por medio de la cual se establece la forma de designación y las funciones del Oficial de Seguridad y Privacidad de la Información en el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín52227

El Ministro de Relaciones Exteriores, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo del Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1008 del 14 de junio de 2018, el cual establece los lineamientos generales de la Política de Gobierno Digital y subroga el Capítulo 1 del Título 9 la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el cual determina que la seguridad de la información busca crear condiciones de uso confiable en el entorno digital, mediante un enfoque basado en la gestión de riesgos preservando la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información de las entidades del Estado, elemento fundamental que permite el desarrollo del gobierno digital y privacidad de los datos.

Que el artículo 2.2.17.5.6 del Decreto 620 del 2 de mayo de 2020, establece los lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales, seguridad de la información y seguridad digital, determinando que los actores que realicen el tratamiento de la información, deberán contar con una estrategia de seguridad y privacidad de la información, seguridad digital y continuidad de la prestación del servicio, en la que se lleve a cabo periódicamente una evaluación del riesgo de seguridad digital que incluya una identificación de las mejoras a implementar en el Sistema de Administración del Riesgo Operativo.

Que, para cumplir este propósito se debe contar con un fundamento normativo, políticas de ejecución, procedimientos, recursos técnicos, recursos administrativos y humanos necesarios para gestionar efectivamente el riesgo. En ese sentido, las entidades deben adoptar los lineamientos para la gestión de la seguridad de la información y seguridad digital que emita el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que el CONPES 3995 de 2020, Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital, fija como objetivo el de establecer medidas para desarrollar la confianza digital a través de la mejora en la seguridad digital de manera que, Colombia sea una sociedad incluyente y competitiva en el futuro digital mediante el fortalecimiento de capacidades y la actualización del marco de gobernanza en seguridad digital, así como, la adopción de modelos con énfasis en nuevas tecnologías.

Que el Decreto 338 del 8 de marzo de 2022, por el cual se adiciona el Título 21 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1078 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establece los lineamientos generales para fortalecer la gobernanza de la seguridad digital, se crea el modelo y las instancias de gestión de riesgos y atención de incidentes y se dictan otras disposiciones.

Que, con fundamento en lo anterior, se hace necesario disponer de un marco para la gobernanza de la seguridad digital del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, así como implementar y aplicar modelos de Gestión de Riesgos de Seguridad y un Modelo Institucional de Atención a Incidentes.

Que en el Manual de Gobierno Digital, expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se establecen las pautas que deben aplicar las entidades públicas para la implementación de la Política de Gobierno Digital, entre ellas, la aplicación del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), cuyos lineamientos e indicadores permiten establecer el nivel de madurez en materia de seguridad digital para las entidades públicas.

Que el mencionado Manual se encuentra alineado con las buenas prácticas en seguridad (Norma IS0/IEC 27001:2013), con la Ley 1581 de 2012 que trata de la Protección de Datos Personales y con la Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional).

Que la implementación del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), en el Ministerio de Relaciones Exteriores está determinada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR