RESOLUCION NUMERO 5188 DE 2008 , (diciembre 11) , por la cual se establece el día 12 de diciembre de 2008 como Día No Hábil . - 11 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50188754

RESOLUCION NUMERO 5188 DE 2008 , (diciembre 11) , por la cual se establece el día 12 de diciembre de 2008 como Día No Hábil .

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín47201

La Presidenta (E.) del Instituto de Seguros Sociales, en uso de las facultades legales previstas en la Ley 489 de 1998, Decreto 2148 de 1992 y Decreto 1403 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Constitución Política consagra que el debido proceso deberá aplicarse a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.

Que de acuerdo con el artículo 3 o del Código Contencioso Administrativo, las actuaciones administrativas deben desarrollarse con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción.

Que el artículo 86 de la Ley489 de 1998 reza: "La autonomía administrativa y financiera de las empresas industriales y comerciales del Estado se ejercerá conforme a los actos que las rigen;

en el cumplimiento de sus actividades se ceñirán a la ley o norma que las creó o autorizó y a sus estatutos internos;

no podrán destinar cualquier parte de sus bienes o recursos para fines diferentes de los contemplados en la ley o en sus estatutos internos;

además de las actividades o actos allí previstos, podrán desarrollar y ejecutar todos aquellos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto asignado".

Quede acuerdo con el numeral 15 del artículo 11 del Decreto 2148 de 1992, el Presidente del Instituto tiene a su cargo como función dirigir y coordinar el personal de la Entidad y la prestación de servicios de la misma.

Que según el literal a) del artículo 13 del Decreto 1403 de 1994, la Presidencia del Instituto tiene como función dirigir, coordinar, controlar y orientar la acción administrativa del Instituto.

Que el día 12 de diciembre de 2008 se programó para todos los servidores del Instituto de Seguros Sociales Nivel Nacional, una Actividad Cultural y Recreativa.

Por lo tanto, no se prestará el servicio para los usuarios internos y externos de las diferentes dependencias del Nivel Nacional.

Que por lo anterior, el día 12 de diciembre de 2008, no se tendrá como día hábil para correr términos de ley o administrativos.

Que en mérito de lo expuesto, el Presidente (E.) del Instituto de Seguros Sociales, RESUELVE:

Artículo 1 o

Establecer como Día No Hábil para los términos de ley y administrativos el 12 de diciembre de 2008, teniendo en cuenta que en este día no se prestará el servicio en las instalaciones del Instituto de Seguros Sociales, Nivel Nacional.

Artículo 2 o

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