Resolución número 008705 de 2009, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 1241 de diciembre 9 de 2008. - 21 de Agosto de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 65398141

Resolución número 008705 de 2009, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 1241 de diciembre 9 de 2008.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47448

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 1 y 23 del articulo 6° y los paragrafos de los articulos 35 y 36 del Decreto 4048 de 2008, RESUELVE:

Articulo 1° Modificase el articulo 1 de la Resolucion 1241 de diciembre 9 de 2008, el cual queda asi: "Articulo 1°

Competencia territorial. La Direccion de Gestion de Policia Fiscal y Aduanera a traves de su organizacion interna ejercera el control posterior sobre las mercancias ingresadas al pais, conforme a las reglas de competencia territorial que se definen a continuacion: 1. La Division de Gestion de Control Operativo de la Direccion Seccional de Aduanas de Barranquilla, tendra competencia territorial en las vias de comunicacion terrestre y en los establecimientos de comercio abiertos al publico del departamento del Atlantico y sobre la margen oriental del Rio Magdalena en el corregimiento de Palermo del municipio de Sitio Nuevo del departamento del Magdalena.

  1. La Division de Gestion de Control Operativo de la Direccion Seccional de Aduanas de Bogota, tendra competencia territorial en las vias de comunicacion terrestre y en los establecimientos de comercio abiertos al publico de los departamentos de Amazonas, Boyaca, Caqueta, Casanare, Cundinamarca, Guainia, Guaviare, Huila, Meta, Tolima, Vaupes y Vichada.

  2. La Division de Gestion de Control Operativo de la Direccion Seccional de Aduanas de Cali, tendra competencia territorial en las vias de comunicacion terrestre y en los establecimientos de comercio abiertos al publico de los departamentos de Cauca, Putumayo y Valle del Cauca, excepto los municipios de: Ansermanuevo, Bolivar, Buenaventura, Bugalagrande, Cartago, La Union, La Victoria, Obando, Roldanillo, Toro y Zarzal del departamento de Valle del Cauca.

  3. La Division de Gestion de Control Operativo de la Direccion Seccional de Aduanas de Cartagena, tendra competencia territorial en las vias de comunicacion terrestre y en los establecimientos de comercio abiertos al publico de los departamentos de San Andres, Providencia y Santa Catalina, Sucre y Bolivar, excepto los municipios de: San Pablo, Santa Rosa del Sur, Simiti, Morales y Cantagallo.

  4. La Division de Gestion de Control Operativo de la Direccion Seccional de Aduanas de Cucuta, tendra competencia territorial en las vias de...

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