Resolución número sspd - 20221000154665 de 2022, por la cual se establecen los plazos para el cargue de Información Financiera anual con corte a 31 de diciembre de 2021 - 8 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 898922292

Resolución número sspd - 20221000154665 de 2022, por la cual se establecen los plazos para el cargue de Información Financiera anual con corte a 31 de diciembre de 2021

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín51970

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el numeral 4 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001, el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009 y el artículo 6º del Decreto 1369 de 2020,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 53 de la Ley 142 de 1994 señala que corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - Superservicios, establecer los sistemas de información que deben organizar y mantener actualizados los prestadores servicios públicos domiciliarios para que su presentación al público sea confiable.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución SSPD 321 de 20031, los prestadores de servicios públicos domiciliarios a que se refiere la Ley 142 de 1994 deben reportar la información a través del Sistema Único de Información (SUI).

  3. Que el Congreso de la República expidió la Ley 1314 de 2009, "por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento."

  4. Que el Gobierno nacional estableció criterios para que los preparadores de información financiera se clasifiquen en diferentes grupos de acuerdo con sus características y, adoptó los marcos técnicos normativos que cada uno de estos grupos debían observar.

    Lo anterior, quedó plasmado en el Decreto 2483 del 28 de diciembre de 2018, "por medio del cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las normas de información financiera NIIF para el grupo 1 y de las normas de Información Financiera, NIIF para las Pymes, grupo 2, anexos al decreto 2420 de 2015, modificado por los decretos 2496 de 2015, 2131 de 2016 y 2170 de 2017, 2483 de diciembre de 2018, 2270 de 2019, respectivamente y se dictan otras disposiciones".

  5. Que la Contaduría General de la Nación (CGN) expidió las Resoluciones 414 de 2014, 533 de 2015 y 037 de 2017, por las cuales se incorporó en el Régimen de Contabilidad Pública el marco normativo aplicable para las empresas sujetas a su ámbito de aplicación.

  6. Que de conformidad con lo dispuesto en el...

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