Resolución orgánica 5705
Emisor | Varios - Contraloría General de la República |
Número de Boletín | 46150 |
El Contralor General de la República (E.), en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la conferida por el artículo 4° del Decreto-ley 271 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Carta Fundamental consagra como uno de los fines esenciales del Estado colombiano, el de facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;
Que el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 5° y siguientes del Código Contencioso Administrativo consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta y oportuna respuesta, salvo los casos que establezca la ley;
Que el artículo 9° del Decreto-ley 267 de 2000 identifica la participación ciudadana como uno de los criterios en los cuales se fundamenta y desarrolla la organización de la Contraloría General de la República;
Que en el Plan Estratégico de la Contraloría General de la República 2003-2006 ¿Transparencia contra la Corrupción¿, se encuentra determinada la participación efectiva y activa de la sociedad colombiana en el manejo de lo público, para contribuir a la vigilancia del buen uso de los recursos públicos al desarrollo de una sociedad próspera, eficiente, equitativa y sin exclusiones;
Que con el fin de avanzar en la consolidación de la alianza estratégica entre la Contraloría General de la República y la ciudadanía colombiana, se estableció como objetivo del Plan Operativo de Participación Ciudadana crear el Centro de Atención Integral al Ciudadano;
Que según los numerales 2 y 3 del artículo 55 del Decreto-ley 267 de 2000 son funciones de la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, entre otras, ordenar y dirigir la recepción, sistematización y evaluación de las denuncias ciudadanas sobre presuntos malos manejos de los recursos del Estado, y efectuar el seguimiento a las quejas y denuncias derivadas de las acciones ciudadanas;
Que el artículo 4° del Decreto-ley 271 de 2000, por el cual se establece la planta de personal de la Contraloría General de la República, faculta al Contralor General de la República para crear y organizar grupos internos de trabajo, con carácter permanente o transitorio, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, las políticas y programas de la entidad;
Que para la efectiva puesta en marcha del Centro de Atención Integral al Ciudadano, CAIC, se hace necesario crear y conformar un grupo interno de trabajo;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Creación del Centro de Atención Integral al Ciudadano, CAIC
Crear en la Contraloría General de la República el Centro de Atención Integral al Ciudadano, CAIC, el cual estará adscrito a la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana.
El Centro de Atención Integral al Ciudadano de la Contraloría General de la República tendrá como objetivos los siguientes:
-
Lograr un punto de encuentro entre la ciudadanía y la Contraloría;
-
Mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía de una manera oportuna, ágil e integral.
Conformación, coordinación y funciones del grupo interno de trabajo
El Grupo Interno de Trabajo del Centro de Atención al Ciudadano, CAIC, estará conformado de la siguiente forma:
Proceso
Denominación del cargo
Número de funcionarios
Coordinación CAIC
Coordinador
1
Atención de denuncias y orientación especializada
Profesionales
2
Expedición certificados de antecedentes de responsabilidad fiscal
Profesionales/Auxiliares administrativos
3
Secretaria...
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